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EDITORIAL

La peligrosa carta de cárcel para evasores

martes, 4 de diciembre de 2018

El delito de evasión quedó tipificado en la reforma tributaria de hace dos años, pero el actual proyecto abre una Caja de Pandora

Editorial

La lucha frontal contra la evasión de impuestos se está abriendo paso en Colombia, no solo en el sistema tributario vigente, sino como una herramienta del aparato jurídico para castigar a quienes oculten obligaciones o se oculten de las mismas. Ya existe el delito de evasión desde la reforma tributaria de hace dos años, mediante la cual se elevó a delito no pagar impuestos o esconder las obligaciones, el actual proyecto que configura la nueva ley de financiamiento endurece las penas y baja los montos castigados, es decir que esconder pocas cosas no declaradas puede llevar a cualquier colombiano a la cárcel. En la actualidad, evadir o maquillar las cifras es castigado con nueve años de prisión, solo cuando los activos ronden $5.600 millones, la nueva ley le propone a los congresistas que baje a $3.900 millones y aumenten las penas entre 10 y 15 años, en pocas palabras se endurece el castigo a los evasores, incluso con la confiscación de un buen porcentaje de los activos. La norma no solo es muy dura, sino que se presta para posibles abusos.

El debate en el Congreso nunca ha sido fácil porque los mismos abogados especialistas en derecho tributario no son muy amigos de la drástica medida, al considerarla desproporcionada en un país que cuenta con fuertes reparos sobre su sistema judicial. El argumento central de las críticas es que en Colombia se está legislando como si ya se hubieran superado los problemas crónicos de la justicia; surgen problemas e interrogantes como quién llevará a cabo esas investigaciones de impuestos ¿la policía tributaria? ¿La actual Fiscalía? ¿Una nueva división de la policía aduanera? Son muchos los interrogantes que le nacen a la idea de endurecer las penas contra las personas que están evadiendo el pago de tributos. Ese es el norte, pero deben irse cubriendo unos pasos fundamentales antes se llegar a esta situación.

Lo más criticable por ahora es que se ha propuesto que los castigos aplicarían tanto a quien cometa el ilícito de evadir impuestos, como a los que ayuden a cometerlo, tales como miembros de junta o consejo directivo, representante legal, mandatario, revisor fiscal, asesor contables o tributario que consientan, toleren y/o asesoren la realización de alguno de los comportamientos. Este avance es copiado de otros países como Chile o Estados Unidos que se han preparado para llegar a esa situación, pero en Colombia las cosas no han llegado hasta allá y debe primero surtirse unos pasos de socialización e incluso de amnistía para quienes puedan haber incurrido en el ocultamiento de bienes para evadir su obligación de pagar impuestos. Está claro que Colombia debe caminar en ese sentido y que la famosa defraudación fiscal, así como la evasión tributaria, deben ser delitos castigados con cárcel y con porcentajes del valor de los bienes ocultados, pero a ese estado se debe llegar cuando se hayan resuelto cosas como el cruce de bases de datos de las que dispone el sector bancario y comercial, y para llegar a ellos la Dian debe modenizarse no solo en los tecnológico sino en términos de recurso humano. Hablar de cárcel para evasores y aumento de las penas existentes en defraudación fiscal, solo puede darse cuando el país cuente con una entidad capaz de cobrar impuestos; hoy es una entidad envejecida, sin mayores desarrollos y con más de 40% de su personal en edad de jubilación.

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