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FINANZAS

¿Colpensiones o fondos privados? Escoja el modelo pensional que más le convenga

viernes, 4 de mayo de 2018

Si usted es mujer y este año cumple 47 años o si es hombre y cumple 52, este año tendrá que tomar la decisión sobre el modelo con el cual se puede pensionar

Francisco Rincón

¿Sabía que 10 años antes de cumplir la edad de jubilación usted tiene una última oportunidad para mover sus pensiones de un fondo privado a Colpensiones, o viceversa?

LR se dio a la tarea de revisar tres panoramas de jubilación posibles. Hombres y mujeres, que llegarán a las 1.300 semanas cotizadas y que cumplirán la edad de jubilación. El caso uno gana $5.000.000; el caso dos tiene un salario de $10.000.000; y el caso tres cuenta con un ingreso mensual de $20.000.000. ¿A dónde deben llevar su dinero? ¿Bajo qué sistema pensionarse?

Los resultados, basados en los análisis de asesores de Colpensiones y de los fondos privados, determinaron que el primer sujeto debe irse al régimen de prima media, el segundo debe quedarse en las AFP y el tercero debe buscar una pensión por el lado estatal.

En esa medida, tras 1.300 semanas cotizadas, y un Ingreso Base de Liquidación de $5.000.000, el valor aproximado de la pensión es de $3.081.000, con una tasa segura de 60%. En cuanto a nuestro ejemplo con el sueldo de $20.000.000, que equivaldría a 25.60 salarios mínimos a pesos de hoy, Colpensiones le cotiza hasta 25 salarios, es decir $19.531.050, por lo que, según los analistas, su porcentaje al recibir la pensión será más alto y a su vez podría contratar con otra entidad un aporte voluntario.

El sistema de Colpensiones es diferente al de régimen de ahorro individual dado que para ser pensionado, con mínimo 65% del sueldo promedio de los últimos diez años cotizados, se necesita demostrar el requisito de semanas impuesto por la ley, teniendo en cuenta que el incremento de dicho salario al año se rige con base en el IPC. En este sistema sólo se miden los requisitos de tiempo y edad límite.

Por otro lado, en el régimen de ahorro individual usted no tiene una edad mínima para obtener la pensión, pero debe tener en cuenta ciertos requisitos para garantizar el mantenimiento de su nivel de vida durante su vejez. Entonces, teniendo en cuenta que se gana $10.000.000, su pensión se calculará sobre el total del ahorro con sus rendimientos, sin ningún tipo de descuento. Ahora bien, en caso de completar el capital, puede acceder a la Garantía de Pensión Mínima acumulando 1.150 semanas y una edad de 57 años o más en mujeres o 62 años o más en hombres.

Si durante el camino usted tuvo dificultades que no le permitieron acumular el capital suficiente, podrá contar con la garantía de pensión mínima cuando tenga cotizadas por lo menos las 1.150 semanas.

Para Freddy Castro, profesor del Colegio de Estudios Superiores de Administración (Cesa), para resolver el dilema sobre cuál sistema resulta más conveniente el tiempo cotizado es un factor clave.

“Si la persona cumple el requisito de las 1.300 semanas y durante los últimos 10 años de su vida laboral cotizó sobre 1.6 o más salarios mínimos ($1.249.987 a pesos de hoy) a esa persona le conviene estar en Colpensiones porque recibirá una pensión subsidiada por el estado. En cambio, si no se logra llegar a las 1.300 semanas a la edad de retiro resulta más conveniente un fondo privado”.

Entretanto, Juan David Correa, presidente de Protección, destaca que el esquema de Doble Asesoría le permite a los interesados tener mayor claridad sobre las opciones que pueden tomar.

“Lo que sí es una realidad es que quienes tengan un ingreso entre 1 y 2 salarios mínimos mensuales, que son más del 70% de los trabajadores formales en Colombia, su mesada tanto en el régimen como en el privado será muy similar. La diferencia es que en el privado, cumplida la edad de pensión, se requiere haber cotizado 1.150 semanas. Esto es tres años menos que en el régimen público el cual requiere 1.300 semanas”.

Igualmente, el funcionario subrayó que el hábito del ahorro se debe desarrollar, idealmente, desde el inicio de la vida laboral. “Para los jóvenes es recomendable comenzar un ahorro pensional en un fondo privado pues aquí su dinero es exclusivamente suyo y obtiene en el largo plazo rendimientos que incrementan el valor de la cuenta de cada uno”.

Colpensiones ganó más de 6.554.538 afiliados entre 2012 y 2018

A raíz del desangre financiero del Seguro Social, el primero de octubre de 2012 entró en operación La Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, la cual pasó de tener 1.007.994 el mes de su debut, a tener un promedio actual de 11.000 afiliados.

Adriana Guzmán, presidente de Colpensiones, hace un llamado al sector para promover el ahorro y la cobertura: “Ahorrar debe ser una política pública que garantice que más colombianos puedan asegurar el futuro. En Colpensiones creamos los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) que nos dan cobertura y posibilidades de ahorro. Es el turno de los fondos privados de pensiones para que trabajen por llegar a los colombianos más necesitados”.

La entidad reportó el mes pasado que 674.726 colombianos han trasladado sus aportes al Régimen de Prima Media (RPM) desde la creación de la entidad lo que suma más de $30.000 millones. En 2017 el traslado de colombianos a Colpensiones fue de casi 134.000 personas por $6.200 millones.

Desde 2012, Colpensiones ha recibido más de $30.000 millones por los traslados desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, RAIS, que manejan los fondos privados de pensiones, (AFP).

Es de notar que del total de los traslados desde Colpensiones hacia el RAIS la cifra ha disminuido año tras año. Así entre octubre 2012 (inicio Colpensiones) y 2013 los traslados fueron de 39%, en 2014 pasaron a 20%; en 2015 a 19%; en 2016, a 11% y en 2017 se trasladaron el 8% del total, que suman 195.000 colombianos.

Hoy Colpensiones cuenta con 6.554.538 afiliados. Además, 1.290.380 personas se han pensionado con el Régimen de Prima Media (RPM). En el programa BEPS cuenta con más de 320.000 ahorradores.

Los factores externos que le pegan a los dos sistemas

La relación entre el sistema pensional colombiano y el mercado laboral es bastante estrecha, por lo que hay que tener en cuenta que solo los empleados formales y algunos independientes aportan regularmente al sistema.

Ahora bien, de acuerdo con información brindada por la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos) la cobertura del sistema pensional es baja, en donde la principal razón es la informalidad laboral y esto es algo que afecta a los dos regímenes. De acuerdo con la entidad gremial, se espera que a futuro el déficit se reduzca como porcentaje del PIB. En caso de que no llegue a pensionarse en el Régimen de Prima Media se le devuelven los aportes actualizados con la inflación.

10 preguntas clave sobre su pensión

¿Hasta cuándo me puedo cambiar de un fondo de pensiones privado a Colpensiones y viceversa?
La ley en Colombia le permite a una persona que está cotizando pensión hacer el cambio de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, en varios momentos de su vida laboral. La única restricción que tienen en ese sentido es que el último cambio que realiza tiene que ser 10 años antes de cumplir la edad de jubilación. Una vez entre en ese rango, no puede volver a moverse entre los regímenes.

¿Al utilizar la opción de cambio en el fondo de pensión, tendré alguna sanción?
No existe ninguna sanción si el asalariado decide cambiarse de un fondo privado a Colpensiones. En el régimen de ahorro individual tiene diferentes empresas para escoger, pero en el régimen de prima media solo se acoge a Colpensiones. El afiliado solo debe cumplir con los papeleos de Ley, que incluyen hacer consultas con los asesores de los dos regímenes para que tenga claridad en la decisión.

¿Cuánto tiempo tengo para pasarme de un fondo a otro, hay un mínimo de tiempo de permanencia estos?
Cuando un afiliado decide pasarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, y se arrepiente después de un tiempo, y su intención es devolverse al que estaba antes, no lo puede hacer en menos de cinco años, es decir, no puede trasladarse dos veces en ese mismo período de tiempo. En este sentido, es importante que usted analice los diferentes factores con el fin de tomar la mejor decisión para su futuro.

¿Es verdad que la pensión en los fondos privados es más baja que la que se tiene en Colpensiones?
En materia de ahorro pensional cada caso es particular. Por lo anterior, es importante que cada trabajador busque la asesoría de expertos en la materia. En los fondos los rendimientos para una cotización de salario mínimo representan cerca de 72% del capital acumulado en la cuenta individual. En Colpensiones la pensión es el resultado de 1.300 semanas y su monto dependerá del promedio cotizado en los últimos 10 años.

¿En los fondos privados de pensiones tengo la certeza de que la pensión también es para toda la vida?
Cuando una persona se pensiona en un fondo de pensiones recibe el dinero durante toda la vida, cuenta con diferentes formas de pensión y los beneficiarios continuarán recibiendo por el tiempo que tengan derecho. Hay que tener en cuenta que los afiliados a estos fondos deben dirigirse a una aseguradora para que allí los asesores le calculen la pensión vitalicia que tendrá durante los próximos años.

¿Qué hacer si lleva mucho tiempo sin cotizar sus semanas trabajadas en algún régimen?
Si debe empezar su carrera después de haberse ido a estudiar un tiempo largo, o fue independiente y no cotizaba todas las semanas, y ve lejos ese requisito para pensionar. Expertos aseguran que los fondos privados serían la mejor opción dado que con ellos puede manejar aportes programados y ayudar a que su capital aumente con base en la rentabilidad del multifondo elegido.

¿Por qué es importante empezar a hacer los aportes para la pensión una vez comience a trabajar?
En ambos regímenes, el trabajador debe ahorrar para obtener una pensión que le permita contar con una vejez segura y estable. Por ese motivo, si escoge un fondo de pensiones privado podrá obtener rentabilidades con base en lo ofrecido por la entidad, pero si escoge Colpensiones podrá contar con que si cumple con los requisitos, podrá tener una base de su sueldo entre 60% y 80%.

¿Cómo sé cuál de los dos regímenes me conviene más dependiendo de mi ingreso?
Usted debe tener en cuenta que a la hora de pensionarse no solo importa tener la edad de jubilación estipulada por la ley y el requisito de las 1.300 semanas cotizadas sino que el valor de sus ingresos durante toda la vida pueden ser un comodín o un karma. De acuerdo con los expertos, entre más cerca esté su ingreso del salario mínimo o más cerca del tope de cotización, la decisión es Colpensiones.

¿Le han hablado de un bono pensional, pero no tiene mucha claridad sobre qué es y para qué sirve?
Ante la eventualidad de una pensión por invalidez, vejez o muerte, el bono pensional se convierte en una parte de capital para financiar la pensión. Este se obtiene a partir de la solicitud del afiliado, y el fondo reúne la historia para emitirlo. Este bono se hace efectivo para el reconocimiento de una prestación, y el valor se ve reflejado en la cuenta cuando exista un trámite por las causas mencionadas.

¿Puedo retirar mi pensión si aún estoy trabajando y estoy cotizando en el régimen de prima media?
A pesar de que un afiliado al régimen del Estado cumpla con los requisitos de 1.300 semanas y la edad de 57 años en mujeres, y 62 en hombres, no puede hacer los trámites para retirar su pensión, dado que por ley la empresa para la que labora debe seguir cotizando con base en su sueldo. En esa medida, por cada 50 semanas adicionales, la tasa de liquidación gana 1,5% para el momento de retirarse.

Las opiniones

Adriana Guzmán

Presidente de Colpensiones

“Estamos teniendo promedios de traslados de 11 mil personas por mes. Para esto es primordial que cada vez más personas estén bien informadas sobre su proyección para alcanzar la pensión en Colpensiones. La doble asesoría ha sido fundamental para lograr mejor información sobre el futuro pensional de cada afiliado a los fondos”.

Juan David Correa

Presidente de Protección

“Actualmente el régimen público es altamente subsidiado pues la mayoría de las personas sacan del sistema mucho más de lo que aportan al mismo. Esto sería razonable si ocurriera únicamente en aquellos que tienen ingresos muy bajos, pero no. Ocurre en la mayoría de salarios altos y, como resultado, tenemos un régimen público en el que los subsidios más grandes se van a las personas de mayores ingresos”.

Freddy Castro

Profesor del Cesa

“Vale la pena recordar que en los fondos privados es posible pensionarse a cualquier edad, si se cuenta con los recursos disponibles”.

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