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Esta ley trabaja fundamentalmente en cinco frentes: el endurecimiento de penas y tipos penales, la unificación del régimen sancionatorio del impuesto al consumo para todos los departamentos y el Distrito Capital, las modificaciones en las leyes comerciales para mejorar la información sobre la actividad empresarial, el fortalecimiento de las instituciones involucradas en la lucha contra el contrabando, y la conformación de una Comisión Interinstitucional, rectora de la política anticontrabando.
En cuanto al endurecimiento de penas, la Presidencia de la República explica que “el contrabando se establece como conducta constitutiva de lavado de activos, de manera que quien incurra en lavado de activos a través de contrabando, será penalizado por los dos delitos y no sólo por el de contrabando”. Con eso, las penas por el contrabando de mercancías podrían llegar a 12 años de prisión.
Por el lado de la unificación del impuesto al consumo en todas las entidades territoriales, la Presidencia indicó que lo más importante es que de esta manera también se unifica el régimen sancionatorio. “La unificación del régimen sancionatorio, hasta ahora diferente según el departamento, reduce la evasión y la elusión del impuesto al consumo, que aplica sobre licores y cigarrillos”.
Adicionalmente, con la modificación de las leyes comerciales, por ejemplo, los revisores fiscales ahora deberán reportar a la Uiaf las operaciones sospechosas que encuentren en el ejercicio de sus funciones.
Para el fortalecimiento institucional, la nueva norma establece alianzas entre la Dian, la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa), la Uiaf, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), enfocadas en el intercambio de información y en la articulación de procedimientos para la recolección de evidencias, además de la conformación de una Comisión Interinstitucional.
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