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El Gobierno Nacional ha venido consolidando una política agropecuaria más robusta, que articula la entrega y formalización de la tierra a campesinos y campesinas, a través de sus asociaciones y cooperativas, con instrumentos de fomento orientados a impulsar la productividad en el campo. Ese esfuerzo se refleja en los resultados recientes: entre enero y septiembre de 2025, el sector agropecuario creció 4,1%, por encima del crecimiento del PIB nacional (2,8%). Se destacaron el café, con variaciones positivas superiores a 9%, y cultivos transitorios como el arroz y la papa, que registraron aumentos en producción y área sembrada. De acuerdo con la Upra, el sector agropecuario participó con 10,5% del valor agregado bruto de la economía y se ubicó como la cuarta rama de mayor aporte en 2025.
En el cooperativismo agropecuario, los resultados también son contundentes. Las 220 cooperativas de producción agropecuaria registradas en la Superintendencia de la Economía Solidaria reportan ingresos por $7,3 billones a noviembre de 2025, lo que representa aproximadamente 21% del sector si lo medimos por la variable ingresos. Esta cifra confirma la capacidad del sector para generar valor agregado, dinamizar la economía regional y sostener el crecimiento del país desde el territorio.
Con este panorama, el crédito agropecuario se entiende mejor como un vehículo: puede tener recursos, líneas, productos y tasas; pero si no cuenta con un canal efectivo, no llega a donde tiene que llegar. Y ese canal, la capilaridad real, lo construyen las cooperativas. Son ellas, por su presencia en las regiones, las que pueden convertir el crédito en inclusión productiva. A esto lo hemos llamado en la Supersolidaria: la democratización del crédito. Entre enero y diciembre de 2025, las cooperativas de ahorro y crédito desembolsaron $1,8 billones en crédito productivo, con un crecimiento de 64% frente a 2024.
El crédito agropecuario no es una novedad; lo verdaderamente nuevo es el giro en el enfoque. Las decisiones recientes de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario marcan un cambio de paradigma: el problema no era solo normativo, era de canal. Las Resoluciones 10, 11 y 12 de 2025 actualizan el marco del crédito de fomento, fortalecen el enfoque de microfinanzas rurales y ordenan condiciones para escalar la llegada del financiamiento a los pequeños productores.
En la práctica, estas normas reconocen la necesidad de articular actores con presencia territorial y consolidan a las cooperativas como un intermediario natural para llegar a la ruralidad dispersa, al definir con mayor precisión qué se puede financiar, con qué instrumentos y bajo qué condiciones.
Además, el nuevo enfoque amplía la posibilidad de fondeo y fortalece servicios del Fondo de Microfinanzas Rurales, al tiempo que incorpora esquemas de garantías más cercanas al territorio y compatibles con realidades productivas donde el acceso a colaterales tradicionales es limitado. En suma: el crédito de fomento deja de ser un diseño pensado desde el centro y empieza a construirse desde la periferia, con las cooperativas en el centro del cambio.
En síntesis, el ajuste regulatorio reconoce que el desafío no era únicamente de diseño normativo, sino de intermediación y alcance territorial. El crédito de fomento requiere canales con presencia real en las regiones para materializarse en inclusión productiva. Por eso, situar a las cooperativas como actor protagónico significa fortalecer el vehículo que permite que los recursos lleguen a quienes más los necesitan: pequeños productores y comunidades rurales, especialmente en zonas donde la banca tradicional no opera con suficiencia u oportunidad.
Celebramos este giro y agradecemos a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario y a la Ministra Martha Carvajalino por abrir la puerta al cambio real: pasar de la norma al territorio. Porque el crédito no transforma si no llega; y hoy, con cooperativas en el centro -las de ahorro y crédito, junto a las agropecuarias el país por fin fortalece la producción, ingreso y dignidad rural.
El decreto redefine y transforma el alcance del RNT, que históricamente ha cumplido una función de información y formalización, en un requisito habilitante estricto y previo para la prestación de servicios turísticos