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Analistas 21/09/2023

La Creg a la Banrep

José Ignacio López
Presidente del Centro de Estudios Económicos Anif

Suena como un plato de Masterchef, o una receta de comida francesa, pero describe una fórmula para mejorar la institucionalidad del país. Me explico. La Creg - la Comisión de Regulación de Energía y Gas- es la entidad encargada en el país de supervisar y regular los sectores de energía eléctrica y gas natural.

Esta entidad, regida por los artículos 69 de la Ley 142 de 1994 y 21 de la Ley 143 de 1994, es una unidad administrativa especial, con independencia administrativa y técnica, cuyo objetivo es promover la competencia, garantizar la prestación eficiente de servicios públicos y proteger los derechos de los consumidores.

La Comisión está conformada por nueve miembros: el ministro de Minas y Energía, quien la preside; el ministro de Hacienda y Crédito Público; el director del Departamento Nacional de Planeación y seis comisionados expertos, nombrados por el Presidente de la República para un período de cuatro años. El superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios participa con voz, pero sin voto, en los temas de su competencia.

Bajo el actual arreglo, el gobierno de turno ejerce un control sobre la Creg, a pesar de su independencia administrativa. Este control se manifiesta no solo a través de los delegados del Gobierno, sino también en la facultad presidencial de nombrar los comisionados expertos por un período de 4 años, así como en el poder de veto que ostentan los representantes del Ejecutivo.

En abril de este año, el Presidente Petro designó a cuatro de los seis comisionados expertos en calidad de encargados, con un estatus provisional. Esta semana se hizo pública la renuncia del director ejecutivo, José Fernando Prada, quien había sido nombrado en julio de 2019 por la administración anterior. Así la cosas, el gobierno actual nombraría a cinco de los seis comisionados expertos.

Es evidente que un gobierno tiene y debe tener una injerencia de primer orden en materia regulatoria. No obstante, los cambios regulatorios relacionados con los servicios públicos están sujetos a complejidades técnicas y a incentivos similares a los que enfrenta el Banco de la República en materia de política monetaria.

La urgencia de abordar problemas a corto plazo puede perjudicar la formulación de regulación que sea coherente con los objetivos a largo plazo. En el caso de la autoridad monetaria, la tentación de estimular continuamente la economía mediante política monetaria expansiva, a veces bajo presiones políticas, puede conducir a una inflación persistente. Este fenómeno se conoce en la literatura como inconsistencia intertemporal.

Y así como un banco central mal manejado puede dejar a un país con una destructiva hiperinflación y sin moneda propia, una autoridad como la Creg, también puede generar, en su afán de corto plazo, por más bientencionadas que sean sus medidas, un marco regulatorio que desincentive a los agentes a realizar las inversiones necesarias en el largo plazo, en detrimento de los consumidores futuros.

De ahí la sugerencia: Creg a la Banrep, es decir, imitar el diseño institucional que ha funcionado para la autoridad monetaria en el caso de la agencia regulatoria: una comisión que por mandato constitucional tenga carácter independiente, coordinada con el Ejecutivo, pero en la cual el gobierno no tenga poder de veto, y los expertos tengan períodos que se traslapan con diferentes administraciones. En tiempo de reformas, este sería un cambio bienvenido.

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