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Analistas 10/10/2017

“Familia y empresa”

Jorge Andrés Arango Peláez
Master en Ciencias de la Administración, U. EAFIT
Analista LR

El pasado 26 de julio, el Congreso de la República aprobó una ley de la cual se ha hablado poco en los medios de comunicación. Se trata de la Ley 1857 de 2017, que modifica la Ley 1361 de 2009 o, más comúnmente llamada, “Ley de Protección Integral a la Familia”.

Cuando vi uno de los titulares que salieron con motivo de esta ley me sorprendí, porque decía: “No lo pueden obligar a alejarse de su familia por culpa del trabajo”. Al ver aquello, decidí leer la nota y me encontré con la grata sorpresa de que el Congreso de nuestro país había decidido proteger los intereses de los empleados por encima de los del empleador. Intereses que van dirigidos, principalmente, al bien de la persona, de la familia y de la sociedad.

Se trata, como dice la ley, de “facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender sus deberes de protección y acompañamiento”. Creo que todos somos conscientes de los ritmos frenéticos que a muchos les impone el modelo económico vigente. Son muchas las vidas y las familias destruidas gracias a los esquemas de trabajo que tienen muchas empresas. Cuántas personas han fallecido, perdido la salud, quedado con secuelas físicas y trastornos psíquicos gracias a unas jornadas extenuantes, unos horarios inflexibles, una rutina de viajes continua y una presión laboral que acaba al mejor y más fuerte de los trabajadores. El asunto es que en un modelo en el que predomina la ley de la selva aquel que sale del sistema rápidamente es remplazado por uno mejor, más joven, sin vínculos fuertes que lo distraigan del objetivo de la empresa -como puede ser el de tener una familia-.

Pero a la vez, cuántas personas han perdido su familia porque llega un momento en el que la esposa, o el esposo, o los hijos, confrontan al papá o a la mamá, o a los dos; o son los problemas cotidianos -la enfermedad, los problemas escolares de los hijos, las adicciones, etc.- los que prenden una alerta, y en algunos casos hacen que recapaciten, pero también es verdad que, en muchos otros, se ignoran dichas situaciones y los problemas se vuelven más difíciles de solucionar. Como le decía el ejecutivo de una empresa a un amigo: “si mi familia me quiere ver, les he puesto una gran foto en la sala de la casa”. Ni qué decir cuando los papás se han perdido los mejores momentos de sus hijos simplemente por estar ausentes.

Volviendo a la ley, “los empleadores podrán adecuar los horarios laborales para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia”. Entendiendo por miembros de la familia: cónyuge o compañero (a) permanente, hijos menores, personas de la tercera edad en el grupo familiar y, en general, familiares dentro del tercer grado de consanguinidad que lo requieran. Y dice más adelante: “el trabajador y el empleador podrán convenir un horario flexible y las condiciones de trabajo para facilitar el cumplimiento de los deberes familiares mencionados en este artículo”.

En síntesis, una sociedad que pone en primer lugar a la familia es una sociedad que está destinada a crecer, a desarrollarse, a vivir en paz. Puede que al final las empresas y los trabajadores ignoren este tipo de leyes, pero se le abona al legislativo el esfuerzo por ayudar a conservar una estructura vital para la sociedad como lo es la familia.

P.S: Sería bueno escuchar dos canciones: No basta, de Franco de Vita, y Amor y Control, de Rubén Blades.

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