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Bandera de Uruguay.
La iniciativa busca otorgar mayor independencia a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, dotarla de financiamiento propio y brindarle herramientas más eficaces para sancionar conductas anticompetitivas
El proyecto de ley de Competitividad y Reducción del Costo de Vida, elaborado por el Poder Ejecutivo, incluye una reforma central para fortalecer a la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia. El objetivo es transformar a este organismo —actualmente un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— en un servicio descentralizado para garantizar su independencia institucional.
La iniciativa enviada al Parlamento apunta a mejorar el control de mercados y concentraciones económicas mediante la separación de las funciones de investigación y decisión y la asignación de mayores recursos técnicos. Asimismo, contempla nuevas herramientas para acceder a información y realizar inspecciones.
En materia de análisis de concentraciones económicas, el proyecto redefine los umbrales y crea una tasa por la solicitud de autorización de operaciones. Según el MEF, esta práctica, ampliamente utilizada a nivel internacional, fortalecerá las capacidades de la Comisión y contribuirá a la agilidad y precisión de sus investigaciones.
El monto de la tasa se determinará según la facturación anual libre de impuestos en Uruguay del conjunto de los participantes, considerando el mayor valor de los últimos tres ejercicios contables. Los recursos obtenidos se destinarán exclusivamente a financiar las actividades del organismo y al fortalecimiento de sus capacidades técnicas e institucionales. La tasa se establecerá en unidades indexadas (UI), con un rango de entre 25.000 ($ 164.600) y 250.000 UI ($1,646 millones, según lo que defina la reglamentación).
Esta herramienta dotará a la autoridad de competencia de una fuente de financiamiento estable para atender procedimientos complejos, lo que reduce las restricciones presupuestales históricas. La medida se basa en el principio de que quienes generan la necesidad de revisión administrativa contribuyan al costo del servicio, siempre bajo reglas de transparencia que prohíben vincular la recaudación con el resultado de los procedimientos, se explica.
El proyecto establece que todo acto de concentración económica requerirá autorización previa del órgano de aplicación cuando se superen los umbrales de facturación previstos.
La iniciativa reduce el umbral agregado de facturación de 500 millones de UI (unos US$ 82,1 millones) a 350 millones de UI (aproximadamente US$ 57,5 millones), e incrementa el umbral individual exigido para al menos dos de las empresas participantes de 30 millones de UI (cerca de US$ 4,9 millones) a 50 millones de UI (alrededor de US$ 8,2 millones).
Para el cálculo, se tomará la facturación anual libre de impuestos en territorio uruguayo correspondiente al mayor de los últimos tres ejercicios contables. Se computará la facturación del conjunto de los participantes, lo que incluye a las entidades que integran el grupo empresarial (controlantes y controladas). En operaciones de compraventa, se considerará exclusivamente la facturación de la empresa objetivo y del grupo comprador.
Según el MEF, la modificación mejora la focalización del régimen: permite revisar operaciones de menor tamaño con efectos relevantes sobre la competencia y evita exigir autorización previa cuando alguno de los participantes tiene una presencia económica marginal. “De este modo, el sistema concentra los recursos de la autoridad en aquellas operaciones con mayor potencial de afectar la competencia en los mercados nacionales”, indica el proyecto.
El proyecto fortalece las capacidades investigativas y el régimen sancionatorio. Se regula detalladamente la posibilidad de que los investigados asuman compromisos para finalizar el procedimiento, estableciendo criterios de aceptación, tipos de medidas ofrecidas y mecanismos para reducir multas ante una colaboración efectiva.
Paralelamente, se crea un programa integral de clemencia que prevé la exoneración total de la multa para el primer participante de un cartel que aporte información decisiva, además de reducciones graduales para los colaboradores posteriores.
Por último, se incrementan las multas máximas y se incorporan criterios objetivos para su graduación, alineados con estándares internacionales. También se crea un régimen específico para sancionar la obstrucción a las investigaciones, lo cual tipifica conductas como la negativa a colaborar, la entrega de información falsa, la destrucción de pruebas o el incumplimiento de medidas.
El proyecto dota a la autoridad de herramientas más eficaces para detectar prácticas anticompetitivas. Se habilitan inspecciones de locales con autorización judicial previa, lo que garantiza un debido proceso que equilibra la eficacia probatoria con la protección de los derechos de los investigados.
Asimismo, se amplían las facultades para obtener información, permitiendo a la autoridad solicitar ante la justicia el levantamiento del secreto bancario y tributario cuando sea indispensable. En ambos casos, el juez deberá aprobar estas medidas para asegurar que los requerimientos sean proporcionales, estén debidamente fundados y se ajusten a las garantías procesales.
En la exposición de motivos, el MEF señala que Uruguay enfrenta desafíos estructurales debido a mercados pequeños y frecuentemente concentrados, donde resulta esencial prevenir abusos de posición dominante y prácticas colusorias.
Si bien la creación de la Comisión en 2007 marcó un avance, el diseño institucional vigente presentó limitaciones reconocidas por la experiencia nacional y por organismos internacionales. Actualmente, la autoridad funciona como un órgano desconcentrado sin personería jurídica propia, con recursos limitados y sin una separación orgánica entre quienes investigan y quienes juzgan.
Además, sus poderes para requerir información, realizar inspecciones y adoptar medidas cautelares son acotados en comparación con los estándares internacionales. Según el gobierno, esto implica “una menor disciplina competitiva sobre las empresas con poder de mercado, cuyos efectos pagan los consumidores en forma de precios más altos”.
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