.
EDITORIAL

La hora de los planes de desarrollo municipales

martes, 3 de mayo de 2016
La República Más
  • Agregue a sus temas de interés

Esta semana se deben entregar los planes de desarrollo a los concejos y durante todo el mes se deben debatir, una prueba de fuego para los alcaldes.

Esta semana vence el plazo para que los alcaldes en funciones desde hace 100 días, presenten ante sus concejos municipales los planes de desarrollo para los próximos cuatro años, que deben ser aprobados antes de que el quinto mes del año llegue a su final. Esta es una de las tareas fundamentales de la democracia y una herramienta de trabajo eficaz configurada constitucionalmente. Hay toda una batería de artículos que nos sirven para estar atentos a estos planes estructurales obligados para todos los municipios de Colombia.

Algunos ejemplos: en el artículo 339 de la Carta se precisa el contenido y el propósito del plan de desarrollo; mientras que el artículo 340 constituye el Sistema Nacional de Planeación, y con él, se proponen tareas como son los consejos de planeación, instancia de participación ciudadana en el proceso.

Hay otras herramientas democráticas como la rendición de cuentas y la entrega de información a la ciudadanía. Es más, el  artículo 23 señala que toda persona puede solicitar información a las autoridades y debe obtener respuesta de ellas, sobre los planes de desarrollo. El artículo 209 define el principio de la publicidad, obligando a la administración a poner en conocimiento de sus destinatarios los actos administrativos para que éstos se enteren de su contenido, los observen y puedan impugnarlos de ser necesario.

Según el Departamento Nacional de Planeación, el plan de desarrollo es la carta de navegación que contiene los propósitos y objetivos que debe perseguir la acción estatal, así como de una propuesta de inversiones y mecanismos requeridos para su ejecución. “Son el punto de referencia en todo proceso de gestión pública, pues a través de estos, se articula y delimita la acción del Estado tanto a nivel nacional como territorial, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley (...) Un plan de desarrollo es un ejercicio prospectivo en el cual se sueña con un territorio mejor, pero a la vez es un ejercicio práctico donde se diseñan instrumentos viables que efectivamente permitan convertir el territorio deseado en un territorio posible. Así pues, un plan de desarrollo territorial es la búsqueda de un adecuado balance entre objetivos y limitaciones, con la mira siempre puesta en tratar de incrementar el bienestar de la población guardando coherencia con los planteamientos del Plan Nacional de Desarrollo”.

No sucede en las ciudades capitales, pero sí en los municipios más pobres de país, en los que se arman planes de desarrollo preelaborados por asesores de las alcaldías que simplemente copian algunos ya utilizados en otras regiones y embarcan sus pueblos en hojas de ruta que no se ajustan a las realidades municipales o no se pueden cumplir. Es un mes para debatir ampliamente la verdadera preparación de los alcaldes recién nombrados. 

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE EDITORIAL

Editorial 26/04/2024 ¡Representantes! La pensión está en sus manos

Los representantes a la cámara no pueden manejar dos discursos como los senadores: de labios para afuera en contra de la reforma y en la oscuridad de los pasillos transan todo

Editorial 25/04/2024 La pensional, a “marchas” forzadas

La bulla o la magnitud de las marchas del pasado domingo no hicieron cambiar de parecer a los senadores que empujaron la pensional a sus últimos debates en la Cámara

Editorial 24/04/2024 Un ministro que no ejecuta no sirve para nada

Es la peor ejecución del Presupuesto en los últimos tres años, un problema en el que el Presidente es el máximo responsable por no poner indicadores de gestión para los ministros