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La mayoría del tribunal rechazó el planteamiento iniciado por Barrick y la provincia de San Juan. Indicaron que no pudieron demostrar que la norma les provocara un daño concreto
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy un planteamiento presentado por las empresas Barrick y Exploraciones Mineras y confirmó los términos de la ley de protección de Glaciares, que la compañía había cuestionado al considerarla inconstitucional.
La mayoría de los integrantes del máximo tribunal (Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti) argumentaron que la empresa no pudo demostrar que la ley que cuestionaban les provocara un daño concreto a sus derechos de explotación de recursos naturales.
"Ante la falta de un agravio discernible respecto de una cuestión judiciable, cabe desestimar el planteo de inconstitucionalidad del trámite por el que se aprobó la ley 26.639", indicaron los jueces en su fallo.
Asimismo, agregaron que la provincia de San Juan, que había adherido al planteo de las empresas para obtener la inconstitucionalidad de la ley, tampoco había podido explicar en qué medida la existencia de la ley de glaciares le generaba agravio.
Fuentes del sector minero indicaron que este fallo generará un perjuicio para la actividad, porque la ley establece un glaciar es "toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente".
"Con esa definición prácticamente cualquier proyecto minero se verá afectado", indicaron.
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