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Declaración Renta
Al momento de declarar renta, debe evitar sanciones; por presentarla después de la fecha, deberá pagar 5% del impuesto a cargo por cada mes
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Cerca de 7 millones de personas naturales están llamadas a presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. En este proceso, revisar los topes, verificar la información reportada a la Dian, y cumplir con las fechas establecidas es esencial para evitar cualquier sanción.
Un análisis de la Corporación Universitaria Iberoamericana, Ibero, revisa los principales aspectos que deben tener en cuenta los contribuyentes para cumplir correctamente con esta obligación y evitar que errores de información generen costos adicionales al impuesto.
Para 2025, una persona puede estar obligada a presentar la declaración si registró un patrimonio bruto igual o superior a $224,1 millones, ingresos brutos desde $69,7 millones o consumos con tarjeta de crédito, compras, consignaciones bancarias, depósitos o inversiones que alcanzaron o superaron ese valor. También deben cumplir quienes eran responsables del IVA al cierre del mismo año.
Sin embargo, superar alguno de estos topes no significa que la persona tenga un impuesto por pagar. El resultado depende de factores como los ingresos gravables, las rentas externas, deducciones y demás conceptos que intervienen en la liquidación. “Declarar y pagar no son lo mismo. Una persona puede estar obligada a presentar su información ante la Dian sin que eso signifique necesariamente que tendrá un impuesto a cargo”, dijo Mauricio Sabogal, decano de la facultad de ciencias empresariales de Ibero.
Uno de los puntos centrales está en verificar los datos que aparecen en la declaración sugerida y en la información que es reportada por terceros. Aunque estas herramientas facilitan el proceso, no deben asumirse como definitivas, ya que pueden presentarse duplicados, omisiones o errores de clasificación.
El contribuyente deberá contrastar la información de la Dian con certificados de ingresos, extractos bancarios y demás documentos que respalden sus movimientos y deducciones. Presentar la declaración después del plazo establecido puede generar una sanción equivalente a 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. Para 2026, la sanción mínima es de $523.740.

Si la declaración genera un saldo por pagar y el contribuyente no cuenta con suficiente liquidez, presentar el formulario dentro del plazo permite evitar la sanción por extemporaneidad, pero la obligación pendiente continuará generando intereses.
Antes de cubrir el saldo con tarjeta de crédito o a un préstamo, Ibero recomienda comparar costos, ya que la tasa de interés moratorio tributario en agosto se ubicó en 27,66% E.A., mientras que la tasa de usura en septiembre es 29,24%; además puede consultar las facilidades de pago que ofrece la Dian por hasta cinco años.
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