.
LABORAL

Si tiene empleada doméstica o asistente, así es como debe liquidar la prima navideña

jueves, 30 de noviembre de 2023

¿Cómo calcular la prima de la empleada doméstica?

Foto: Gráfico LR

Desde 2016, los empleados domésticos como asistentes, choferes, niñeras, enfermeras, jardineros y otros, tienen derecho a la prestación

Llega diciembre y, con este mes, se viene también el pago de la esperada prima navideña a la que tienen derecho todos los trabajadores, incluyendo, los empleados de servicio doméstico.

Esta prestación es de obligatorio cumplimiento desde que se expidió la Ley 1788 de 2016, para los empleadores o particulares, que tengan a su cargo a un trabajador, ya sea por contrato fijo, indefinido, escrito o verbal.

Esta liquidación es una prestación social que corresponde a 30 días de salario laborado por año, el cual debe reconocerse en dos desembolsos: uno a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio y la otra a más tardar los primeros 20 días de diciembre.

Este reconocimiento se debe hacer por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado, ya sea que trabaje por días, de manera semanal, quincenal o de tiempo completo. Esto significa que los empleados deben recibir 15 días de salario dos veces al año.

LOS CONTRASTES

  • Angélica CarriónSocia de López Asociados S.A.S.

    “La prima legal de servicios es una prestación social que consiste en el pago de 15 días de salario en cada semestre, esta se debe pagar el 30 de junio y el 20 de diciembre”.

Cabe aclarar que no son solo las trabajadoras que le ayudan con el aseo las únicas que la Ley considera como empleadas domésticas. En este rango también se incluyen a los jardineros, conductores de familia, mayordomos o amas de llaves en fincas de descanso, niñeras, enfermeras y cuidadores de adulto mayor.

Si usted tiene a su cargo a una o varias personas que desempeñen estas funciones, así puede calcular la prima que les debe pagar antes del 20 de diciembre.

En primer lugar, debe hallar el salario mensual base que depende de cada caso. Para ello debe establecer si trabaja con jornada de tiempo completo o por días. Luego, se toma el salario mensual base y se le suma, si corresponde, otros ingresos que se reporten en el semestre como auxilio de transporte, bonificaciones y horas extras. Si trabaja por días, debe tomar el salario diario base y le suma, de presentarse, ingresos adicionales diarios como auxilio de transporte y el promedio de horas extras.

Esta cifra la multiplica por el total de días que trabaja a la semana y lo vuelve a multiplicar por 4,33, que es el número de semanas que tiene cada mes.

Cuando haya encontrado el salario mensual base, el segundo paso es tomar esa cifra y multiplicarla por los días trabajados durante el semestre. Y finalmente, debe dividir esa cifra entre 360, que es el total de días del calendario laboral.

Por ejemplo, si usted tiene una empleada doméstica con una jornada de tiempo completo que trabaja desde agosto y recibe el salario mínimo, su sueldo base sería de $1,16 millones, más el auxilio de transporte de $140.606, es decir, $1,3 millones. Para sacar la prima, debe multiplicar ese salario base mensual ($1,3 millones) por los días trabajados durante el semestre (4 meses X 30 días = 120 días) y se divide entre 360, con lo que la prima sería de $433.535.

Ahora, si su empleada trabaja solo dos días a la semana, desde el mismo mes, y le paga $50.000 diarios más un auxilio de transporte de $3.906, su salario sería de $53.906. Esa cifra se multiplica por los días que trabaja a la semana y luego por 4,33, que es el número de semanas del mes, lo que daría $466.825.

Para calcular la prima, realiza la misma fórmula, multiplica ese salario mensual, por los días trabajados en el semestre (4 meses X 8 días = 32 días) y luego divide entre 360, para un resultado de $41.495.

Multas por no pagar la prima

Si un empleador no realiza el pago de la prima de fin de año a un trabajador doméstico, puede exponerse a la imposición de multas por parte del Ministerio de Trabajo y hasta al pago de una indemnización moratoria estipulada por un juez.

Las sanciones pueden ser de uno a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, el trabajador tiene derecho a exigir una indemnización moratoria, la cual es equivalente a un día de salario por cada día de retraso.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA

MÁS DE FINANZAS

Bolsas 06/05/2024 Baja la posibilidad de que la Bolsa sea reclasificada como mercado frontera por Msci

La BVC, el Gobierno, los fondos de pensiones, los operadores y las empresas están colaborando en un plan para aumentar la liquidez del mercado

Bolsas 07/05/2024 Así van las apuestas de las comisionistas para resultados del primer trimestre del año

Los analistas no esperan resultados positivos; sin embargo, llamó la atención en Cemargos que tiene expectativa positiva y neutra

Bancos 07/05/2024 El banco Scotiabank Perú sale de su financiera y la vende al español Banco Santander

Hasta el momento las compañías no han revelado el monto de la transacción, ya que aún resta que los organismos competentes aprueben esta adquisición