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El Ministerio de Hacienda radicó oficialmente el proyecto de reforma tributaria ante la Cámara de Representantes, iniciativa que busca recaudar $26,3 billones

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Mayor impuesto a ingreso por apuestas, entre los cambios para las ganancias ocasionales

martes, 2 de septiembre de 2025

El cambio más representativo en materia de ganancias ocasionales sería el aumento del impuesto por ingresos provenientes de loterías, rifas o apuestas, que se ubicaría en 33%.

Foto: Gráfico LR

La posesión de activos fijos para ser gravados como ganancia ocasional pasa de dos años a cuatro. También el impuesto por ganancia en apuestas, rifas o loterías sube a 33%

La propuesta para reformar el Estatuto Tributario tocó el rubro de las ganancias ocasionales, es decir, aquellas que no hacen parte de los ingresos habituales de un ciudadano, tales como la venta de sus activos fijos (casas, carros, apartamentos, terrenos), con algunas salvedades, o dinero extra que obtuvo gracias a su suerte, como el proveniente de rifas, apuestas, loterías o fuentes similares.

Para entender mejor de qué se trata este impuesto, asumiremos que una persona vendió un apartamento sobre el cual había declarado que su costo fiscal era de $300 millones durante el año anterior, pero la venta se efectuó por $320 millones, por lo que su ganancia ocasional fue de $20 millones, sobre ello deberá pagar un impuesto de 15% de la ganancia: $3 millones.

Gráfico LR

Aunque en el nuevo proyecto de ley no se tocó este porcentaje de impuesto sobre ganancias ocasionales generales, sí una regla fundamental para determinar si una ganancia se grava o no como ocasional, además del porcentaje a pagar como impuesto de ganancias por ganar rifas, apuestas o loterías.

El abogado tributarista Carlos Giovanni Rodríguez Vásquez, socio de Esguerra JHR, explicó que uno de los grandes cambios es la modificación del tiempo de posesión requerido para que la utilidad al vender un activo fijo se considere una ganancia ocasional, pasando de dos años a cuatro, “lo que conlleva a que, si se vende un bien antes de ese tiempo, se tendría que tributar por renta ordinaria a una tarifa de 35% para el caso de las sociedades”, indicó Rodríguez Vásquez.

Lo otro es el aumento desde 20% hasta 30% para las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares. Para hacer un ejemplo, si usted apostó por el ganador de la Champions League y acertó, de lo que gane, 33% será para pagar el impuesto. Con la nueva reforma propuesta, si ganó $1 millón apostando, deberá guardar $330.000 para pagar el impuesto por esta ganancia a la autoridad tributaria.

Otro de los aspectos que también busca modificar la reforma es el ajuste a los límites de las rentas exentas relacionadas con herencias, legados y donaciones.

 

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