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Compañía de Puertos Asociados S.A. - Tolú
TRANSPORTE

SuperTransporte ordenó a la Sociedad Compas S.A. garantizar operación del puerto

martes, 30 de enero de 2024

SuperTransporte ordenó garantizar las operaciones a la Compañía de Puertos Asociados S.A. - Tolú

Foto: SuperTransporte

En caso de incumplir a la Superintendencia de Transporte, el puerto podrá recibir sanciones de hasta 500 salarios mínimos

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La SuperTransporte ordenó a la Compañía de Puertos Asociados S.A. - Tolú tomar medidas inmediatas para garantizar la operación en el puerto, luego de las fallas que presentó en los enturnamientos, cargues y descargues de mercancía y agendamiento de citas.

Las quejas impuestas por representantes de transportadores revelaron demorasy presunta incompetencia logística en el puerto, que llevó a una alta congestión vehicular.

“Esta entidad tiene la función de velar por el cumplimiento de las normas del sector portuario, por lo tanto, el correcto funcionamiento en sus operaciones es fundamental para la prestación de un servicio de calidad”, explicó Ayda Lucy Ospina Arias, superintendente de Transporte.

La funcionaria explicó que se recibieron varias denuncias por parte de los transportadores de carga quienes evidenciaron con videos y fotos, la situación presentada en noviembre de 2023, cuando se registraron demoras en los enturnamientos, “lo que genera congestión y demoras para los conductores, lo cual se traduce en falta de descansado apropiado y posibles accidentes en detrimento de la seguridad vial”.

El material probatorio fue recaudado por la SuperTransporte en el periodo entre el 15 al 21 de noviembre, tiempo en el que se registró una indebida gestión en el agendamiento de citas y enturnamientos, demoras injustificadas en los ingresos a las instalaciones, ausencia de coordinación y comunicación eficiente, fallas en los procesos de logística y presuntas condiciones desfavorables para los transportadores.

La sociedad portuaria tendrá un plazo de 30 días calendarios contado a partir del acto administrativo,un esquema de acompañamiento personalizado a los transportadores, complementario a aquél que disponga actualmente la sociedad portuaria, en los puntos de ingreso, permanencia y salida de la terminal.

También deberá “adaptar un espacio o zona física, dentro del término de 30 días calendarios para brindar seguridad, comodidad y fácil acceso a los transportadores. Podrá disponer de una zona adecuada para el enturnamiento de vehículos, como también de un espacio de hidratación y zona de baños”.

La SuperTransporte pidió un informe mensual a partir del término de 60 días calendarios contados desde la comunicación del acto administrativo.

En caso de incumplirse las acciones impustas por la SuperTransporte, la sociedad portuaria podrá someterse a multas de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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