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EMPRESAS

Proyecto protegería a trabajadores de plataformas digitales

jueves, 25 de agosto de 2016
Foto: Miguel Pardo/LR
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Jairo Soto Hernández

El mismo proyecto define este modelo de trabajo como el realizado de forma habitual, personal y directa en una plataforma de economía colaborativa o alguna actividad económica que represente un ingreso mensual de un salario mínimo legal.

“En ningún caso la relación sustantiva descrita en la presente ley podrá ser considerada como una relación civil de prestación de servicios. Solo será considerada como una relación laboral en el caso de verificarse la existencia de los elementos constitutivos de aquella”, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y 23 del Código Sustantivo del Trabajo, reseña el proyecto de ley.

Para el congresista Lara, es un proyecto necesario debido a la actual coyuntura por la que atraviesa el país en donde plataformas como Uber y Rappi cada vez tienen más personas que trabajan bajo el modelo de economía colaborativa.

“Con esta figura pretendemos que se regule la situación laboral de aquellas personas que proveen servicios a través de plataformas tecnológicas porque sabemos que a estas plataformas no se les puede aplicar el actual contrato laboral dado que pondría en tela de juicio su modelo de negocio”, señaló el congresista.

Para Lara, es importante que se reconozca la figura de Trabajo autónomo económicamente dependiente para tener un cálculo de cuánto aportan en realidad estos modelos en el país. “En Colombia lo que podemos observar cuando conversamos con conductores de plataformas, con mensajeros, con domiciliarios, nos damos cuenta que las plataformas formalizan el empleo, no solo para redondear ingresos mensuales. Creemos que es importante tener una radiografía clara”, señaló el Senador.

Entre los puntos que beneficiarán al trabajador autónomo económicamente dependiente, está la afiliación como cotizante al sistema de seguridad social y no podrán prestar servicios a plataformas de economía colaborativa “sin que se encuentren activos en los sistemas de pensiones, salud, y riesgos laborales”, como señala el proyecto.

También prevé la creación, en beneficio de los trabajadores, de asociaciones o gremios con personería jurídica registrada ante el Ministerio del Trabajo, sin reemplazar  el Código Sustantivo del Trabajo que está vigente.

“Lo que estamos haciendo es adaptar la legislación a las nuevas realidades de la economía en el país”, concluyó el cabildante durante el foro Economía Digital de LR.

Economía colaborativa en Colombia

Según la exposición de motivos, incluida en el proyecto de ley, actualmente están vinculadas a esta modalidad de trabajo entre 20.000 y 25.000 personas. Para cerca de 45% de ellas, esta es considerada su actividad principal. En promedio, según el documento, “una persona que se desempeña en este nuevo modelo de negocio obtiene ingresos entre $2.5 millones y $3 millones”.  El potencial de crecimiento de la economía colaborativa en el mundo es de más de US$110.000 millones, la tercera parte del PIB de Colombia.

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