MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
Tras seis meses de haberse anunciado la reversión de activos e infraestructura al Estado para los contratos iniciales de celulares de Claro y Movistar, hoy se conoció el fallo definitivo de la Corte Constitucional en el que se reiteró el concepto de exequibilidad de los artículos relacionados con la devolución de infraestructura de la Ley 422 de 1998 y de uno de los incisos de la Ley 1341 de 2009.
Por esa razón, Movistar y Claro tendrían que devolver la infraestructura de redes que implementaron entre los años 1994 y 1998, tiempo en el que se modificaron los acuerdos iniciales. En este periodo se pactó que para obtener el permiso de prestación del servicio las firmas tenían que entregar el espectro y la infraestrucura creada con este objetivo.
Bombillos helados es la nueva estrategia de la compañía que tiene un refrescante giro ambiental
El gremio afirmó que los cambios no fueron socializados, sino que se conocieron hasta ayer, una vez publicado el proyecto el día de ayer
Tres superintendencias aseguraron que cumplirán sus respectivas responsabilidades en cuanto a la supervisión de los actores