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Camacol rechaza sentencia y reclama seguridad jurídica

martes, 11 de marzo de 2014
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Colprensa

La Cámara Colombiana de la Construcción, Camacol, manifestó su preocupación por la sentencia T-537 del 15 de agosto de 2013, por medio de la cual la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional suspendió la licencia y obras del proyecto Serranía de Los Nogales en Bogotá. 

“Camacol ha decidido tomar acciones para que este tipo de situaciones no se repitan haciéndose parte en la solicitud de nulidad de la sentencia ante la Sala Plena de la Corte Constitucional, e instando al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a que, no solo se pronuncie ante la Corte Constitucional, sino que adelante los ajustes normativos en pro de salvaguardar un principio elemental y universalmente protegido: La seguridad jurídica”, indicó la agremiación a través de un comunicado oficial.

De acuerdo con Sandra Forero, presidente de Camacol, la decisión judicial “golpea y desdibuja por completo el tan anhelado principio de seguridad jurídica”, dado que el proyecto “de conformidad con las leyes surtió los trámites y obtuvo los permisos requeridos para poder adelantarse, incluso resolviendo los recursos que otorga la ley para la participación de vecinos y terceros”.

Es así como la sentencia “perjudica, no sólo al constructor, sino lo que resulta más grave, a los compradores quienes adquirieron sus inmuebles bajo la certeza de la legalidad absoluta del proyecto”, indica en el boletín.

Para Camacol, la sentencia “desconoce los precedentes jurisprudenciales de la misma Corte Constitucional en lo que se refiere a la procedencia de la tutela contra decisiones administrativas como lo es una licencia urbanística”.

“Desconoce el objeto de la tutela como mecanismo para salvaguardar los derechos fundamentales de las personas. En este caso, no es posible evidenciar cual es el derecho fundamental protegido; pues el proceso se inicia por unos vecinos que rechazan el proyecto porque este les obstaculiza su vista sobre la ciudad” y “sugiere que un Curador puede desconocer las normas urbanísticas si, en su criterio subjetivo, el proyecto puesto a su consideración desconoce la ley o la Constitución. En pocas palabras, le da al curador el carácter de Juez”.

A través del escrito la agremiación rechaza la decisión judicial y reclama mayor estabilidad jurídica para un sector jalonador de la economía nacional “que refleja su importancia en la ocupación de 1.4 millones de colombianos, la construcción anual promedio de 200 mil viviendas, y su encadenamiento sobre 27 sectores productivos”.

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