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Las ciudades con mayor número de morosos
HACIENDA

Dian informó que 126.000 contribuyentes se pusieron al día con beneficios tributarios

miércoles, 29 de abril de 2026

Las ciudades con mayor número de morosos

Foto: Gráfico LR

La autoridad tributaria informó que el plazo para acceder a los beneficios del Decreto 0240 de 2026 vence el jueves 30 de abril

La Dian informó que más de 126.000 contribuyentes morosos normalizaron su situación tributaria con el Estado tras acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 0240 de 2026. Estas personas realizaron pagos por $1,4 billones, correspondientes a 215.897 obligaciones tributarias.

Pese al avance, la entidad aseguró que aún hay 382.599 contribuyentes con obligaciones pendientes, que ascienden a $30,8 billones.

Las ciudades con mayor concentración de morosos se registran principalmente en Bogotá (142.107), Medellín (53.011), Cali (22.266) y Barranquilla (20.186). También figuran otras capitales como Bucaramanga (17.007), Cúcuta (14.385), Cartagena (12.602), Villavicencio (11.382), Santa Marta (9.456) y Valledupar (8.180).

“Es importante reiterar el llamado a quienes aún no han aprovechado esta oportunidad especial de pago, teniendo en cuenta que el plazo para acceder a los beneficios vence el jueves 30 de abril”, explicó la entidad.

Entre los principales alivios para los contribuyentes con obligaciones pendientes a 31 de diciembre de 2025 se destacan la reducción de la tasa de interés de mora a 4,5% y el pago de solo 15% del valor total de las sanciones, lo que representa una disminución de 85%.

“Asimismo, quienes no han presentado sus declaraciones o requieren corregirlas también pueden acceder a estas condiciones, pagando únicamente 15% de la sanción, sin intereses de mora”, señaló la Dian en un comunicado.

Los mayores beneficiados con los alivios del Decreto 0240 de 2026 son los contribuyentes con deudas por conceptos como retención en la fuente, IVA e impuesto al consumo, obligaciones que, por su naturaleza, pueden acarrear implicaciones penales si no se atienden oportunamente.

Los contribuyentes interesados en acogerse a estos alivios tributarios tienen dos opciones. La primera es acercarse a las sedes más cercanas de la Dian para recibir orientación. La segunda consiste en realizar el proceso de manera ágil a través de la página web, donde es posible liquidar la obligación, diligenciar el recibo de pago Nro. 066 (formulario 490) y efectuar el pago en línea mediante PSE o en las entidades bancarias autorizadas.

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