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Cambios en máximos de presupuestos
Las entidades quie se rigen por la cartera de salud deberán acogerse a una serie de normas y parámetros para evitar sobrepasar el presupuesto
Luego de que la Corte Constitucional le solicitó al Ministerio de Salud establecer una metodología unificada para evitar que se sobrepasen de los máximos del presupuesto, la entidad emitió una resolución para definir y reajustar los presupuestos.
En el documento publicado este miércoles por la cartera de salud, establece que esta resolución para unificar el presupuesto una vez calculado se asignará a las EPS, de los regímenes contributivo y subsidiado y Entidades Adaptadas, a los Prestadores de Servicios de Salud -PSS, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres, entre otros actores de salud.
Además, en el texto se leen una serie de normas y parámetros que se deben establecer y posteriormente transferirlas a los distintos actores que componen el sistema para que se apeguen a la nueva normativa y no sobrepasen el presupuesto máximo.
"El presupuesto máximo de la vigencia 2025 se asignará dé manera provisional por los primeros seis meses del año y para su cálculo el Ministerio de Salud y Protección Social determinará los parámetros de reconocimiento que garanticen el flujo de recursos hasta la fecha de evaluación, análisis y cálculo definitivo", señala el texto.
Para el cálculo del presupuesto máximo definitivo de la vigencia 2025 deberá adoptarse la metodología que conforma el documento técnico que compartió el Ministerio de Salud. "Deberá hacer parte integral de cada acto administrativo de asignación del recurso, y se tendrá en cuenta la información histórica de la herramienta Mipres prestados con fecha máxima de suministro efectivo del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024 y fecha máxima de cierre del ciclo de suministro al 31 de marzo de 2025 para el cálculo del presupuesto de la vigencia 2025.
Minpres es una herramienta tecnológica que permite a los profesionales de salud reportar la prescripción de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC o servicios complementarios.
Para tener un mayor control de estos mecanismos, las autoridades de salud adelantarán procesos de verificación, monitoreo, auditoría, seguimiento y control conforme lo previsto en la resolución.
De acuerdo con el documento compartido por la cartera, deben acoplarse a una serie de normativas, por ejemplo, las EPS y EA tendrán que gestionar modelos de atención, formas de contratación soportadas en sus respectivas notas técnicas y conformación de redes de prestación de servicios de salud.
El texto señala que también deberán diseñar guías o protocolos en forma conjunta con las redes de prestación de servicios de salud o prestadores de servicios de salud.
"Los actores del sistema de salud deberán coadyuvar en acciones para la no superación del presupuesto máximo, sin afectar el acceso a los servicios y tecnologías en salud que efectivamente requiera el paciente. Se deberá evaluar la efectividad de las tecnologías; así como la relación beneficio-riesgo y costo efectividad de estas", dice parte de la resolución.
Además, se aclaró que la información para determinar el valor del presupuesto máximo corresponde a los servicios prestados al 31 de diciembre del año pasado, "a la que se efectúa la evaluación, análisis y cálculo de este, según lo reportado en la herramienta Mipres. Para el efecto, se tomarán las entregas de los servicios y tecnologías garantizados a través del módulo de suministro con fecha máxima de suministro efectivo al 31 de diciembre de cada vigencia".
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