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El ministro de Minas y Energía, Diego Mesa, explicó y defendió los cambios que traería la reforma tributaria al sector energético
El sector energético no ha estado al margen de la discusión de la reforma tributaria, pues hay preocupación sobre los efectos que puedan tener medidas como el cambio en el impuesto al carbono o el IVA a los paneles solares. El ministro de Minas y Energía, Diego Mesa, defendió las propuestas y dijo que no afectarán la competitividad de la subasta de este año.
¿Cuál es el impacto esperado de los cambios al impuesto al carbono en lo que tiene que ver con emisiones?
Hay que recordar que este impuesto empezó en 2016, pero se excluyeron unos combustibles fósiles para dar tiempo de adaptación. Se habían excluido el carbón térmico en sus diferentes aplicaciones, y el gas natural y GLP para varios usos, especialmente para generación de energía eléctrica, y ahora lo que se busca es gravar de forma progresiva.
Dar cifras exactas de reducción es difícil, pero esto está alineado con la meta de reducir las emisiones en 51%. A manera de contexto, en el sector minero-energético las emisiones anuales son 34 toneladas de CO2, el país produce cerca de 291 toneladas, y están concentradas en el sector de hidrocarburos y generación de energía eléctrica.
¿Cómo puede esto impulsar el mercado de carbono?
En el impuesto al carbono queda explícito que si las empresas incorporan medidas de mitigación para sus emisiones, el impuesto no se causa. Hoy en día, el valor de los bonos es más atractivo que el impuesto.
Además, en el proyecto de ley de transición energética, que trae mejoras a la Ley 1715, hay incentivos para tecnologías de captura, almacenamiento y uso de carbono, por poner solo un ejemplo.
Si la principal política del sector es la transición, ¿por qué se gravan los paneles solares? ¿No es una contradicción?
En la Ley 1715 los bienes que usaban para generación de renovables eran excluidos del IVA, condicionado a un certificado tributario que emitía la Upme.
En el Plan de Desarrollo pasamos los equipos a la categoría de excluidos automáticamente, y funcionaba bien cuando la mayoría de bienes eran importados. Sin embargo, los productores de estos bienes en la industria local quedaban discriminados, porque sí pagaban IVA de 19% en sus insumos y no lo podía cruzar.
Entonces esos bienes quedaron exentos en la Ley de Emprendimiento, pero en esta reforma se elimina la categoría de exentos, entonces quedamos como estábamos, por lo que la solución fue gravarlos con la tarifa de 5%, y que quedaran en la cadena de IVA. Pero la Ley 1715 no se modifica, por lo que si alguien quiere pedir el certificado para que sean excluidos puede hacerlo, y el grueso de beneficios se mantienen intactos.
Entonces, en resumen, no hay inconsistencia en que sea la bandera del sector energético, que vamos a seguir impulsando, y gravar estos bienes.
¿Esto no afectará la subasta del segundo semestre?
De ninguna manera, y en el proyecto de ley de transición energética se mejoran los incentivos para renovables. Y reitero, la Ley 1715 no se toca, por lo que se podrá pedir el certificado para la exclusión del IVA.
¿Y por qué se eliminan las rentas exentas de la venta de energía generada con base en fuentes no convencionales?
La venta de energía, en general, está excluida del IVA, no exenta. Esto está ligado al IVA a servicios públicos, porque cuando se hizo la propuesta de reemplazar la sobretasa por el IVA de 19% había que modificar toda la cadena de suministro de energía, para que todos los actores entraran a la cadena del IVA y no hubiera discontinuidad en el sistema. Entonces, era una reforma integral.
Pero parece que esa propuesta del IVA a los servicios públicos ya no va...
Si se desmonta esa propuesta, habría que desmontar el resto del gravamen a la cadena y quedar como estamos hoy.
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