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Fenalco cuestionó propuesta de ajustes en la retefuente
TRANSPORTE

Fenalco pidió suspensión del decreto 1017 por su impacto en los transportadores

jueves, 11 de diciembre de 2025

Fenalco cuestionó propuesta de ajustes en la retefuente

Foto: @FenalcoNacional

Señalaron que lo hicieron con el fin de evitar que se continúe con la imposición de cargas económicas "desproporcionadas sobre los transportadores"

Fenalco presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad simple y una solicitud de suspensión provisional contra los artículos 17 y 18 del Decreto 1017 de 2025 que fue expedido por el Ministerio de Transporte el 21 de septiembre.

Desde la Federación señalaron que este decreto genera un fuerte perjuicio para los transportadores al encarecer "de manera considerable su operación".

Añadieron que el decreto incrementaría "abrupta y arbitrariamente" el aporte obligatorio al Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico, Fopat, con lo cual pasaría de 15% a 25% del valor comercial del vehículo antes de IVA, y amplía el universo de obligados al incluir vehículos de carga desde 3,5 toneladas.

De acuerdo con Cristian Eduardo Stapper Buitrago, Vicepresidente de Litigio, Entorno y Relacionamiento Externo de Fenalco, la acción judicial se basa en que el decreto vulnera la Constitución Política. "Se afirma que se desconoce el principio de legalidad tributaria, ya que el Ejecutivo modificó elementos esenciales de un tributo como el hecho generador, el sujeto pasivo, la base gravable y la tarifa sin contar con autorización legal", explicaron desde Fenalco.

Fenalco pidió al Consejo de Estado decretar la suspensión de los artículos demandados, esto con el fin de evitar que se generen situaciones jurídicas que sean irreversibles y se continúe con la imposición de cargas económicas "desproporcionadas sobre los transportadores".

“El Decreto 1017 golpea directamente a los camiones livianos, medianos, pesados y volquetas nuevos, afectando a pymes y transportadores regionales. No solo es un impacto económico devastador, sino una vulneración constitucional evidente. La suspensión provisional es indispensable para proteger la legalidad y evitar un daño irreparable al sector”, indicó Stapper Buitrago.

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