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VIVIENDA

Fedelonjas reveló que los arrendamientos de vivienda urbana subirán 1,61% en 2021

miércoles, 6 de enero de 2021

Este aumento porcentual está explicado por la crisis generada durante 2020 y la posterior inflación

La Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) reveló a través de un comunicado que los cánones de arrendamiento para el presente año serán incrementados en 1,61% según lo estipulado en el artículo 20 de la ley 820 de 2003. Este aumento porcentual está explicado por la crisis generada durante 2020 y la posterior inflación.

El presidente de Fedelonjas, Daniel Vásquez Franco, afirmó que "este incremento máximo es de alto interés social y económico ya que en Colombia cerca del 44% del total de los hogares colombianos urbanos habita en viviendas arrendadas. Por tanto, el incremento del canon de arriendo para viviendas urbanas es de gran relevancia no sólo para las familias que viven en arriendo sino también para los propietarios de las viviendas que devengan sus ingresos por este concepto, si se tiene en cuenta que, según cifras del Dane, el 85% de los propietarios que perciben ingresos por concepto de cánones de arrendamiento de vivienda en Colombia corresponden a población de estratos socioeconómicos 1, 2, 3”.

El presidente agregó que los cánones de arrendamiento no suben en el mes de enero sino cuando los contratos cumplen 12 meses de haberse firmado. Además, indicó que el aumento aplicado será legal cuando el reajuste del canon no supere 1% del valor comercial del inmueble o la parte de este que se encuentre arrendada.

Según el documento, es importante recordar que el reajuste de 1% no puede ser aplicado a inmuebles que no estén destinados para usarse como viviendas. En este caso, el contrato y su canon inicial, así como su incremento, debe estar acordado entre las dos partes al momento de firmar el contrato o durante su vigencia.

A continuación podrá encontrar una serie de puntos para tener en cuenta según Fedelonjas al momento de ajustar los cánones de arrendamiento:

- El aumento en el canon de arrendamiento de vivienda urbana solo es posible al momento de la renovación del contrato; el arrendador deberá comunicar la modificación por escrito.

- La notificación de dicho aumento y la fecha en que empezará a aplicar deberá hacerse por escrito y a través de correo certificado.

- El arrendador podrá aplicar el aumento en el precio o abstenerse de hacerlo.

- El arrendatario podrá exigir la terminación del contrato si el arrendador aumenta el canon por encima de lo estipulado por la Ley.

- Los contratos de arrendamiento celebrados antes del 10 de julio de 2003 no podrán superar el límite de inflación establecido por el Banco de la República para 2021.

- Siempre debe elegir un profesional inmobiliario para la celebración de contratos en óptimas condiciones legales.

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