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ECONOMÍA

Dian tendría 6.000 empleados adicionales tras la reforma

martes, 25 de octubre de 2016
Foto: Archivo
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María Alejandra Solano Vargas

¿Solo se penaliza la  evasión superior a  $5.000 millones?

En la reforma Cárdenas no solo se plantea la penalización para las personas que evadan cifras superiores a los $5.000 millones. Por ejemplo, si usted es un asalariado que gana $5 millones y no cumple con las obligaciones tributarias, la multa podría llegar a representar $7 millones junto con el valor que dejó de pagar de impuesto. Sin embargo, esconder recursos superiores a $5.000 millones sí acarreará las sanciones más drásticas como la cárcel. 

¿Hay pocas herramientas efectivas anti-evasión?
En toda la reforma se plantean herramientas para combatir la evasión. En el documento usted encontrará desde cierres a establecimientos por 4, 8 y 16 días, cárcel por evadir montos superiores a los $5.000 millones, control a entidades en el exterior, freno a los paraísos fiscales y revisión a profundidad de las finanzas de las Entidades Sin Ánimo de Lucro. Además, si el contribuyente se equivoca a la hora de presentar la declaración tendrá penalizaciones.

¿La reforma Cárdenas fortalece las instituciones? 
Varios de los articulados de la reforma están dedicados al fortalecimiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). La entidad tendrá seis meses, después de la entrada en vigencia de la tributaria, para presentar el plan de modernización tecnológica que deberá ejecutarse en cinco años. También habrá concurso de méritos para vincular más planta de personal calificado a la Dian. Se calcula que serán unos 6.000 funcionarios en total.

¿Recursos recaudados se destinarán a las cárceles?
A quienes les preocupa que aumente la cantidad de presos por cuenta de las sanciones que plantea el proyecto de reforma tributaria y con ello el hacinamiento en las cárceles, deben tener en cuenta que los recursos de impuestos también se utilizan para los establecimientos carcelarios. Sin embargo, no se puede garantizar que ese sea su uso.  El dinero también será utilizado para programas sociales, la manutención de los pensionados y los subsidios de vivienda.   

¿Se puede corregir la información entregada a la administración?
Según establece la reforma Cárdenas, los contribuyentes solo podrán hacer correcciones con anterioridad a la notificación de la liquidación oficial de revisión o la resolución sanción. De igual forma, propone que, dependiendo, si la corrección sobre la documentación modifica el precio o margen de utilidad, el análisis de comparabilidad, o el rango, habrá lugar a una sanción de 4% del valor total de las operaciones corregidas por el contribuyente. 

Si el establecimiento clausurado es mi casa, ¿puedo entrar?
La reforma establece que un establecimiento podrá ser clausurado hasta 16 días, en caso de ser comprobado alguna actividad relacionada con la evasión o contrabando. Sin embargo, el texto del articulado advierte que si el predio es usado como vivienda, se permitirá el acceso a quien lo habite, pero en él no podrán efectuarse operaciones mercantiles ni el desarrollo de la actividad, profesión u oficio por el tiempo que dure la sanción.

La opinión de los expertos

Jairo Higuita
Socio de Crowe Horwath

“El punto es que se capacite adecuadamente tanto a jueces como tribunales, para que analicen estos delitos en materia económica adecuadamente, y puedan entender el concepto de evasión, y que no implique que haya abusos”.

Glosario:

Dolosa: Se refiere a la voluntad intencional de cometer un delito, aún cuando se tiene conocimiento de su ilegalidad.

Recaudo: Es el cobro de dinero o bienes en función de un concepto determinado, y se custodia para que no sea robado. 

Impuesto de timbre: Es un impuesto documental que recae sobre los documentos públicos o privados en los que se haga constar la existencia o modificación de obligaciones 

Pasivo: Según la RAE es el valor monetario total de las deudas que gravan a una empresa, institución o individuo, y que se ve reflejado en su contabilidad. 

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