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El Decreto que presentó la Alcaldía de Bogotá recalcó que las actividades artísticas no podrán tener ingreso de público externo
La Alcaldía Mayor de Bogotá dio a conocer el Decreto 164 de 2020, en el que se modifica el artículo 5 del Decreto 143 de 2020. Así, en el documento quedaron establecidos los turnos, adiciones y modificaciones para las actividades económicas en la reactivación gradual.
La modificación tiene que ver con la adición del sector de la cultura, recreación y deporte, los cuales tendrán horarios entre las 10:00 a.m y las 5:00 a.m, y teletrabajo o trabajo en casa. Según el documento, los teatros serán utilizados exclusivamente para realizar actividades creativas, artísticas de las artes escénicas, sin que se permita la entrada de público, o la realización de actividades grupales.
Además, el Decreto adiciona las siguientes actividades, que tendrán ingreso entre las 10:00 a.m y las 5:00 a.m: creación musical, creación audiovisual, artes plásticas y visuales, actividades teatrales, actividades de espectáculos musicales en vivo, otras actividades de espectáculo en vivo, actividades de producción de películas cinematográficas, vídeos, programas, anuncios y comerciales de televisión.
También, añadió que la creación literaria y la creación teatral deberán seguir siendo actividades que deben establecer medidas de teletrabajo o trabajo en casa en su mayoría de tiempo.
En el documento adjunto se encuentra el Decreto 164 de 2020 que publicó la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Solo Nueva EPS la cartera total pasó de $160.067 millones en 2022 a $576.000 millones en 2025, un incremento de 259,8%, y la cartera vencida de $116.452 millones a $439.000 millones
Significa que disminuyeron 0,2% en el décimo mes del año frente a 2024. Por este concepto, al país le ingresaron US$4.300,5 millones
Según informó el Servicio Geológico Colombiano, se registraron, en total, cinco emisiones de ceniza desde el cráter del volcán Puracé