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Colfondos
Entre los alivios se encuentran las cesantías para la reparación de vivienda, el auxilio funerario, la pensión por sobrevivencia y devolución de saldos
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Colfondos activó un plan de contingencia que incluye información sobre cómo pedir los diversos alivios para los afectados por el sismo. Ya que, según reportes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), hay más de 134.000 viviendas afectadas.
Si usted tuvo daños en su propiedad, la ley le permite el retiro parcial o en su totalidad de las cesantías, con razón de reparación de vivienda. Entre los documentos requeridos figuran la autorización escrita del empleador para el retiro con fines de mejora de vivienda, una copia de la cédula, el certificado de libertad y tradición del inmueble y un documento que muestre el presupuesto de los materiales para la obra.
Ahora bien, ante la catástrofe se perdieron muchas vidas; el sistema pensional contempla un auxilio funerario. Con el que se hace la devolución de los funerarios a las personas que demuestren haber realizado gastos exequiales por el fallecimiento de un afiliado o de un pensionado.
El monto otorgado dependerá o bien del último salario cotizado o de la mesada pensional, y garantiza entre cinco y diez salarios mínimos legales del año vigente. Si puede aplicar a la cobertura, recuerde que el reclamo tiene vigencia durante tres años desde el momento del fallecimiento. Entre los papeles figuran el registro de defunción, los comprobantes de pago y la cédula del reclamante.
En caso de que la familia afectada perdiera a su proveedor principal, se puede aplicar a la pensión por supervivencia. Que consiste en un auxilio que protege a los hijos menores de 18 años, a los que son estudiantes hasta los 25 años o aquellos que se cuenten con condición de discapacidad, al cónyuge o padres que estuvieran bajo la cobertura del afiliado y que se encuentren en condición vulnerable. Para acceder, el afiliado debió cotizar al menos 50 semanas en un período de tres años anteriores. De no cumplir con las semanas, los beneficiarios también pueden solicitar los saldos que quedaron a nombre del afiliado. Y de no existir ningún beneficiario, el saldo se transfiere al sucesor que cuente con hasta un quinto grado de consanguinidad.
Para generar alguno de los trámites, la entidad recomienda acercarse a sus puntos físicos o llamar a sus canales habilitados, y recuerda que todo trámite es gratuito.
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