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Analistas 08/06/2018

Reforma presupuestal

Roberto Junguito
Exministro

La conveniencia de emprender una profunda reforma presupuestal dirigida a mejorar la eficiencia en la asignación de los recursos públicos, evitar el despilfarro y buscar una mayor equidad no ha sido tema de debate entre los candidatos a la Presidencia de la República, pero seguramente habrá de ser un aspecto prioritario en la agenda del próximo gobierno.

Haciendo una revisión histórica se encuentra que el tema presupuestal estuvo al frente de las prioridades del estado desde la independencia. Ya en el siglo XX, a raíz de las recomendaciones de la Misión Kemmerer, la ley 34 de 1923 dio al gobierno la iniciativa del gasto, con la prohibición, para el legislador, de aumentarlos o de introducir otros nuevos sin la aquiescencia del mismo gobierno. Otro hito fue el decreto 164 de 1950, el cual profundizó el concepto de unidad del presupuesto y rechazó las rentas de destinación especial. En 1964 se introdujo el concepto de inversión pública y adoptó el principio de la planeación económica, al expresar que el presupuesto debería reflejar las metas y objetivos del Plan General de Desarrollo Económico y Social.

A dicha reforma le siguió la expedición del decreto orgánico 294 de 1973 y posteriormente la Ley 38 de 1989, que unificó el presupuesto de la Nación y de los Establecimientos Públicos Nacionales y creó el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis. La Comisión de Racionalización del Gasto y Las Finanzas Públicas de 1997 propuso unificar el proceso presupuestal de inversión y funcionamiento en el Ministerio de Hacienda. Por su parte, la reforma presupuestal del 2004 estableció el Marco de Gasto de Mediano Plazo, así como limitaciones a las adiciones presupuestales. También buscó dar una definición estricta del concepto de gasto social previsto en la Constitución de 1991 para reducir la expedición de rentas de destinación específica.

El Informe de la Comisión del Gasto y la Inversión Pública publicado a finales del 2017 propone de nuevo unificar el proceso presupuestal de funcionamiento e inversión en una sola entidad. Frente a la inflexibilidad del presupuesto recomienda hacer una evaluación de las justificaciones y los resultados de las rentas de destinación específica y de los demás gastos inflexibles determinados por leyes existentes, así como de los denominados fondos parafiscales de productos agropecuarios y de las exenciones concedidas mediante leyes anteriores. Asimismo, sugiere transitar hacia un esquema de presupuestación por programas.

La Comisión también hace sugerencias concretas para reformar el sistema general de regalías e integrar sus recursos con los de la Nación y los de las entidades territoriales en un sistema conjunto de planeación, programación y ejecución del gasto de inversión pública. Entre las recomendaciones de tipo institucional recomienda crear un Consejo Fiscal Consultivo, independiente del gobierno y de los grupos políticos, y altamente técnico que analice y cuantifique los costos de iniciativas de gasto contenidas en los proyectos de ley y las decisiones en estudio de las Cortes y de los jueces, y dé cuenta de ello a la sociedad. El gobierno que inicia labores el 7 de agosto del 2018 estará, sin duda, en la obligación de diseñar y adelantar una reforma presupuestal de gran calado para lo cual la experiencia histórica descrita atrás y las recomendaciones de la Comisión del Gasto y la Inversión Pública seguramente resultarán muy útiles,

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