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Analistas 30/05/2020

¿Para qué y quién se creó el Grupo Bicentenario?

Olga Lucía Velásquez
Primera Vicepresidenta Cámara de Representantes

En 2019, el Congreso de la República facultó al presidente para crear una entidad responsable de la gestión del servicio financiero público. En el Decreto 2111 del 24 de noviembre se materializó entonces el Holding Financiero de Colombia: Grupo Bicentenario, con la pretensión de ser el tercer grupo financiero más grande de Colombia, después del Grupo Aval y Sura-Bancolombia. Sin embargo, para hoy parece que nos estuvieran vendiendo humo.

Si nos devolvemos al Decreto 2111 allí se establece una sociedad por acciones, de economía mixta, con asamblea de accionistas, junta directiva y presidente; regida por el derecho privado y vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MH). Al día siguiente, en la presentación del ABC del holding, informan que fueron consultores expertos quienes definieron su estructura, implementación y puesta en funcionamiento.

Así, la colaboración y coordinación eficiente de las empresas del Estado, que prestan servicios en el sector financiero, se fortalecerá. Se determinó vincular a todas las empresas (del sector financiero) en las que la nación tiene participación directa e indirecta, con la excepción de Colpensiones y la Nueva EPS, que manejan recursos del sistema general de seguridad social en salud y pensión.

Como parte de este prometedor proyecto, el 28 de junio el MH solicita escindir $700.000 millones del capital del Banco Agrario para el Grupo Bicentenario (meses antes de ser creado) y el 5 de diciembre, la Superintendencia Financiera lo autoriza en la resolución 1644, donde también manifiesta que no hará inspección, vigilancia y control sobre la nueva entidad. Entonces ¿no es un holding financiero lo que se creó?

No obstante, no existió formalmente sino hasta el 12 de diciembre, con la escritura pública 1845 de la notaria 12 de Bogotá, como la sociedad comercial Grupo Bicentenario S.A.S. - NIT 901.351.676-2. Y el 27 de diciembre se registra su constitución ante la Cámara de Comercio de Bogotá, con el actual viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño Martínez, como su representante legal y la junta directiva conformada por funcionarios del MH.

Allí se definió dentro del objeto social, en el numeral 6: dar dinero en préstamo con o sin interés. Y ¿cómo planean aumentar las utilidades si los préstamos son a cero por ciento de interés? ¿a quién le van a prestar dinero sin pagar interés? Si son recursos públicos a cero interés para un tercero, ¿podría ser detrimento patrimonial?

Pero como este holding necesita más patrimonio, el 28 de marzo de 2020 en el decreto 492 soportado en el Estado de Emergencia, la propiedad de todas las empresas del orden Nacional (vigiladas por la Superintendencia Financiera o que desarrollen actividades conexas al servicio financiero) pasa a registrarse y vincularse al MH. Y a su vez se autoriza el aporte de todas las propiedades como capital para fortalecer el patrimonio del Grupo Bicentenario. Valdría la pena saber qué entidad hará la inspección, vigilancia y control de los recursos y activos que van a formar parte del patrimonio de esta nueva empresa Nacional.

Por definición, un holding financiero, es efectivamente una figura donde los activos son participaciones de otras empresas. Su objetivo es maximizar las utilidades y optimizar los procesos y procedimientos para garantizar la eficiencia y eficacia en el gobierno corporativo. Es de carácter netamente financiero.

Así que, si es verdad que nosotros tenemos un holding financiero estatal, ¿este no sería el momento para que brille con estrategias innovadoras para facilitar, modificar y ajustar las políticas que impiden el acceso al crédito de los pequeños productores agropecuarios, micro y pequeños empresarios y personas que requieren capital de trabajo para reiniciar su actividad por cuenta propia? ¿No debería además buscar la rentabilidad social a través de productos accesibles y asequibles para la ciudadanía?

Si el Grupo Bicentenario es un holding financiero, debe estar vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. Debería disminuir los costes de intermediación (entre tres y siete puntos en la tasa) que genera colocar el dinero en los conglomerados financieros privados ya existentes, toda vez que dentro de las empresas vinculadas al holding se tiene cuatro bancos de primer piso y cinco bancos de segundo piso.

Su valor patrimonial para definir el capital autorizado debe estar actualizado a diciembre de 2019 y no lo que corresponde a 2018 como se constata en la constitución de la empresa en la Cámara de Comercio con un capital autorizado de $15 billones, 1 billón 500.000 es el número de acciones y $10.000 es el valor nominal de cada acción.

Si nació para competir con solidez ante los conglomerados privados, debería colocar los dineros públicos a través de la nutrida red en cada rincón del país, disminuyendo las tasas de interés, creando nuevos productos y condiciones ajustadas a las dinámicas excepcionales que la pandemia ocasionó.

Este holding financiero estatal debe impulsar, apoyar y solucionar los problemas que hoy existen para acceder al crédito, entre otros temas. Sin embargo, el Grupo Bicentenario hasta ahora nos ha dado preguntas en lugar de respuestas.

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