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Analistas 04/03/2020

Aborto: pelea a 12 asaltos

La Corte Constitucional decidió no decidir sobre la extensión del derecho al aborto. Esta decisión-no-decisión se tomó con seis votos a favor y tres en contra, con el bloque mayoritario sosteniendo que la demanda carecía de “carga argumentativa suficiente”, mientras que el bloque minoritario quería poner fin a las talanqueras fijadas hace más de una década.

Para quienes estamos en la segunda posición -la de permitir el aborto sin condicionamientos- la decisión no deja de ser decepcionante. Como lo demostró la valiente ponencia del magistrado Linares, lo cierto es que el derecho al aborto en las situaciones reconocidas en la sentencia C-355 de 2006 se ha aplicado a medias, debido a las deficiencias institucionales y a una constante oposición de médicos, clínicas, abogados y jueces.

Sin embargo, hay dos puntos para rescatar de la controversial decisión. El primero, que la inhibición de la Corte se fundamenta en problemas con la demanda, la cual buscaba desestimar la jurisprudencia de 2006 y, por lo tanto, estaba sujeta a un racero conceptual que no cumplía. Dicho de otra forma, la demanda era chimba; lección que los antiaborto deberían aprender: no basta con improvisar acciones judiciales porque pueden ir por lana y salir trasquilados, como casi les ocurre en este caso. Por otra parte, también hay una lección para los pro aborto: dos de los magistrados que se inhibieron quizás apoyarían una futura demanda que retome los argumentos del magistrado Linares, y con ellos se haría una mayoría para modificar el precedente actual.

El segundo punto, que no tiene que ver con tecnicismos legales, es más importante. En cualquier parte del mundo este tipo de debates son de hondo calado político porque tocan las fibras más sensibles de la sociedad. Las Cortes, así tengan orígenes políticos como la Constitucional (que a nadie se le olvide que sus magistrados los elige el Senado de la República), no tienen, en algunos casos, la representatividad para tomar decisiones de esta naturaleza. Nueve, 23 o 31 magistrados, todos abogados, la mayoría hombres, de clases sociales similares y de cuatro o cinco universidades, no representan a un país tan diverso como Colombia.

Temas como el aborto, los derechos Lgbti, la eutanasia, los llamados derechos de los animales, deben ser resueltos en la esfera del legislativo, el foro de representación por excelencia. Los congresistas, a pesar de todo, tienen un mandato popular y suelen estar más conectados con la gente que un togado, algunas veces elegido a dedo y muchas veces de una rosca endogámica.

Lo que no quiere decir que estas decisiones se deban plebiscitar: como lo demostró el plebiscito por la paz, la decisión popular directa puede estar sujeta a manipulaciones oportunistas.

La pelea por la despenalización del aborto, o por el derecho abortar sin sanción, que es lo mismo, es una de 12 rounds, que se debe llevar a cabo en el Congreso de la República y no en los recintos reservados de las Cortes.

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