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Analistas 10/09/2020

Factura electrónica como título valor, un camino más para ser competitivos

José Manuel Restrepo Abondano
Ministro de Comercio, Industria y Turismo
Analista LR

La implementación de la factura electrónica en Colombia hoy es una realidad y eso se refleja en el volumen de transacciones que se hacen a través de este sistema.

Es válido señalar que son muchos los beneficios financieros y tributarios que trae el tránsito a este nuevo sistema de facturación. Sin duda, también representa ventajas comerciales. Las facturas tienen la vocación de convertirse en títulos valores, lo que da opción a las empresas de poder acceder a liquidez inmediata. Es decir, permiten financiación en el corto plazo.

Si bien la normativa tributaria para la facturación electrónica ya estaba dada, todavía existía un reto regulatorio en cuanto a la negociación electrónica de la factura cuando se convertía en título valor.

Después de varios meses de trabajo, liderado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se expidió el Decreto 1154 del 20 de agosto de 2020.

Esta nueva norma regula de manera integral la circulación por medios tecnológicos de la factura electrónica de venta como título valor. Es preciso aclarar que no se incorporaron cambios al régimen de esos títulos, ampliamente desarrollado por la ley.

El objeto del decreto es adaptar el régimen existente a la realidad electrónica, para brindar a los comerciantes y, en general, a todos los actores del mercado, la certeza de que los documentos electrónicos que se deriven de la negociación del título valor tengan plena validez jurídica. Lo anterior implicó algunas innovaciones importantes y necesarias.

Lo primero, es la articulación con el ‘Registro de Factura Electrónica de Venta como Título Valor’, creado por la Ley de Crecimiento Económico el año pasado. El Radian, como fue denominado este registro, será administrado por la Dian y permitirá la consulta y trazabilidad de cada factura que pretenda circular como título valor.

Con lo anterior, se reduce el riesgo de negociaciones fraudulentas, ya que se podrá conocer en tiempo real el legítimo tenedor del título y el estado del derecho que incorpora. El Decreto impone un estándar de calidad de la información, que busca garantizar su integridad, para que los actores tengan plena confianza en la validez del negocio jurídico que están realizando.

La negociación de la factura, a diferencia de propuestas anteriores sobre el mismo tema, no se realizará en el Radian, sino en el mercado, es decir, los compradores de las facturas podrán negociarlas libremente. Esto nos permite hablar de un nuevo actor regulado en el decreto: los sistemas de negociación electrónica.

Cada día son mayores las facilidades que nos ofrece la tecnología con relación a la compra o venta de productos de forma ágil a través de nuestro computador, celular o tableta digital. Estos sistemas de negociación permitirán que los empresarios también puedan negociar las facturas desde la comodidad de sus oficinas, sin entregar documentos en físico y con varias facilidades para obtener los recursos en muy corto plazo.

El nuevo avance regulatorio impactará la competitividad del país. Nuestros empresarios, especialmente las mipymes, tienen una nueva alternativa de liquidez con la venta de sus facturas a través de canales 100% digitales, con plenas garantías de validez jurídica y seguridad en las transacciones.

Esto hará que la base empresarial sea más dinámica, aporte al crecimiento en esta fase de recuperación y nos haga menos vulnerables en una coyuntura como la que hoy vive el país.

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