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El término “minimis” proviene del latín “de minimis non curat lex”, que literalmente significa “la ley no se ocupa de asuntos triviales”. Su aplicación al comercio exterior data de la Sección 321 de la Ley Arancelaria de 1930 en Estados Unidos, en la cual se incluyó la exención de aranceles a los envíos de muy bajo valor, con el fin de simplificar los trámites aduaneros. En Colombia, el literal j) del artículo 428 del Estatuto Tributario exonera del IVA las importaciones por tráfico postal y envíos urgentes cuyo valor no exceda los US$200.
Hasta hace unos años, este mecanismo tenía poca relevancia en la industria y el comercio local, debido a los altos costos logísticos: traer un paquete por courier costaba entre US$30 y US$50. Sin embargo, en los últimos tiempos se ha generado un círculo virtuoso: a menor costo logístico, más compradores; y a más compradores, menores costos logísticos.
Entre los casos más relevantes está la reciente llegada de Amazon Prime a Colombia. Por una suscripción mensual de cerca de US$8 -que también incluye el servicio de streaming de vídeo y música-, los suscriptores obtienen despacho gratuito en la mayor parte del catálogo, con entregas entre 3 y 7 días. Además, plataformas chinas como Temu y Shein ofrecen fletes mínimos, apalancándose en su escala global de manufactura y sus bajos costos de producción.
Para el consumidor final, la diferencia de precio entre un producto importado vía “minimis” y ese mismo artículo o su equivalente en un comercio local puede oscilar entre 19% y 60%, especialmente en las partidas arancelarias de vestuario y calzado. Este desequilibrio ha impulsado el fenómeno del “showrooming”: los clientes prueban el producto en la tienda física, pero concretan la compra bajo la modalidad “minimis” para aprovechar la exención de IVA -y, en algunos casos, también de aranceles.
Según las justificaciones del fallido proyecto de Ley 300 de 2024 (Ley de Financiamiento), “la importación de bienes objeto de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida cuyo valor no excede de US$200 alcanzó un valor de US$1.552 millones en 2024”, duplicando el volumen de 2022, y con un incremento de cinco veces en el valor de las mercancías provenientes de China.
Este no es un desafío exclusivo de Colombia. En mayo pasado, el gobierno de Estados Unidos eliminó la exención de aranceles a los “minimis” originarios de China y Honk Kong.
Valoro profundamente la apertura del país a productos internacionales y con despacho a nuestro país en pocos días, y también, considero que la industria local debe ser competitiva con sus pares globales, pero no lo podemos hacer en medio de una competencia desigual que le entrega veinte o treinta puntos porcentuales de ventaja al productor extranjero, y que va a destruir la industria nacional, en especial el sector de confecciones y calzado, y el comercio formal.
Acá no estamos hablando de si la tarifa del IVA del 19% es correcta o incorrecta, esa es otra discusión, acá estamos hablando que debemos nivelar la cancha para las empresas que producen y comercializan legalmente en el país.
Confío en que algún honorable congresista presente un proyecto de ley que contemple un único artículo: derogar la exención de IVA para los “minimis”.
Desde Bogotá se impulsó la idea de responsabilidad compartida, respeto a la soberanía y mejor acceso para productos legales, cristalizada en la Declaración de Cartagena, que marcó un punto de inflexión en la relación
No se puede subestimar el poder nostálgico de las utopías: siempre habrá quien las añora a pesar de sus consecuencias. Cepeda es un rojo rojito, como decía Chávez, y si es presidente hasta ahora nada indica que dejará de serlo