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Analistas 05/05/2020

¿Estado totalitario?

Carlos Ronderos
Consultor en Comercio y Negocios Internacionales

Se oyen muchas voces de inconformidad con los excesos de restricciones que se están imponiendo a los ciudadanos. Es frecuente ver en los noticieros acciones armadas contra menores de edad que al jugar fútbol violan la cuarentena, y alcaldes enloquecidos imponiendo toques de queda. Hemos visto al Ejército en las calles, asumiendo funciones policiacas para las cuales no están entrenados. Qué hay detrás de estas voces.

Un colega de trabajo sueco, que reside en Suecia, comentaba que la estrategia de ese país de no obligar una cuarentena y confiar en la sensatez de su población para acatar las recomendaciones de distanciamiento social y lavado de manos no era tan solo una estrategia de salud pública, sino el resultado del acatamiento de sus normas constitucionales que prohiben al Estado imponer restricciones de movilidad a sus ciudadanos. En efecto esta constitución en su artículo 8vo dice; “…l. A todos los ciudadanos suecos se les garantizará la libertad de movimiento dentro del reino y libertad para salir del reino...”.

Coincidencialmente, en Colombia, que ha puesto en práctica medidas de restricción a la libertad bastante estrictas, el artículo 24 de su Constitución reza: “Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él….”.

¿Será que las políticas de cuarentena, si bien promulgadas con buenas intenciones, no se ajustan a nuestro sistema constitucional? Formulada esta pregunta en una entrevista al constitucionalista Rodrigo Uprimmy, este contestó: “No existe un marco jurídico, ni constitucional, ni legal claro para afrontar un desafío como la pandemia; en el régimen ordinario no están previstas las cuarentenas generales”.

No solo en Colombia es manifiesta la preocupación de si en una coyuntura como esta el Estado tiene la facultad de limitar la libertad de las personas. En varios estados de Estado Unidos se han presentado manifestaciones contra las medidas de restricción a la movilidad, con el argumento de limitación a las libertades y tildando esas medias de tiránicas.

Es claro que es obligación del Estado preservar la salud de sus ciudadanos y algunos, más que otros, han considerado que de cara a la pandemia la mejor forma de lograr este objetivo es limitando la movilidad de los ciudadanos. Se entiende que la medida tiene que ser transitoria con el fin de limitar la propagación mientras el Estado adecua su infraestructura hospitalaria y desarrolla mecanismos de seguimiento de personas infectadas.

Pero también es función del Estado garantizar no solo la libertad de movilidad, sino la libertad de empresa, y el derecho al bienestar de los niños que llevan mes y medio encerrados sin ver el sol, y que todos los ciudadanos tengan una vida digna procurando políticas que reduzcan la pobreza. Es por ello que se acuñó el término “apertura inteligente”, que sería un mecanismo que garantice la salud frente a la pandemia y a la vez todas los demás derechos.

En Colombia, 81% de los fallecidos tenían alguna comorbilidad, mientras que casi 70% era mayor de 60 años, y si bien no existe la estadística, es claro que con contadas excepciones estos dos guarismos se cruzan. Una política inteligente sería focalizar esfuerzos en estos segmentos poblacionales garantizando derechos y bienestar a toda la población.

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