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Los precios los dicta la oferta y la demanda
EDITORIAL

Los precios los dicta la oferta y la demanda

jueves, 5 de febrero de 2026

Los precios los dicta la oferta y la demanda

Foto: Gráfico LR

La SIC se ha lanzado a investigar cuál es la fórmula de fijación de precios en el sector productivo, labor interesante, pero que linda con la desconfianza y el libre mercado

Editorial

Ya van a pasar 25 años desde que la Ley 1480 le dio vida al Estatuto del Consumidor, una suerte de herramienta legal que usan los consumidores colombianos al adquirir bienes y servicios. La Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad encargada de velar no solo por los derechos de los consumidores, sino porque esas transacciones se den en un marco transparente, libres de cartelización, especulación o publicidad engañosa.

Los precios los dicta la oferta y la demanda
Gráfico LR

Dicho Estatuto también protege a los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad, al tiempo que les brinda acceso a una información adecuada sobre lo que se compra: los pesos y las medidas correctas y la trazabilidad en términos de producción y llegada al mercado. Pero jamás puede interferir en la fijación de los precios de bienes o servicios, pues estos obedecen al equilibrio entre la oferta, la demanda, los costos de producción y la percepción de valor del consumidor, además de las mismas coyunturas de abundancia o escasez.

Los precios siempre buscan maximizar ingresos y rentabilidad al sincronizar costos y valores percibidos; para ello se usan estrategias de mercado e investigaciones de consumo. Hay precios basados en los costos, otros en la demanda, algunos en el valor percibido y los más básicos centran sus posibilidades de éxito en la competencia. Todos ellos dependen de los cambios en el consumo ante variaciones de precio, sujetos al ingreso de los consumidores, el ciclo de vida del producto y las estrategias de las marcas. Dicho de otra manera, ponerle precio a un producto o servicio no es un acto dictatorial de una empresa o de una persona natural, sino que obedece a teorías económicas bien maduras sobre formación de precios.

La Superintendencia ha solicitado información a algunas empresas y empresarios sobre los parámetros que usan en las compañías para fijar los precios y descuentos, además de otros aspectos como los criterios para establecer el margen de ganancia y la forma en que incorporan la evolución de la tasa de cambio en la determinación del precio. En pocas palabras, exigen revelar las fórmulas de competencia, una decisión inédita y en línea con el mandato legal de la SIC; aunque no deja de preocupar que sea el mismo Presidente quien salga a defender la acción jurídica, argumentando que “no hay que tener nervios porque se sepa con transparencia, por parte del consumidor, la estructura de formación de precios del oferente. Un precio, en general, es el costo medio de producir en una rama productiva más su tasa media de ganancia.

Los que tienen costos menores pueden ganar más por un rato y los que tienen costos más altos pueden desaparecer en libre competencia si no se ponen las pilas”. Claramente, es un acto inusual que puede posar sobre el sector productivo un manto de duda sobre los precios de cara al consumidor. Toda la información seguramente puede darse y obtenerse en el mercado, pero no se puede caer en un control de precios tácito como si la economía colombiana no tuviese una institucionalidad proba.

Más bien, la SIC y otras entidades de vigilancia y control deberían profundizar más en la “contaminación” de los precios (especulación) derivada del lavado de activos en las regiones controladas o altamente influenciadas por el narcotráfico, eso sí realmente quieren entender algunas de las razones de la revaluación del peso, la crónica inflación y la burbuja de algunos sectores ligados a las economías subterráneas.

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