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Este porcentaje significa una disminución de 30 puntos básicos con respecto al periodo anterior cuando estaba en 31,02%
La Superintendencia Financiera de Colombia, entidad encargada de certificar el Interés Bancario Corriente, el cual ajusta los niveles de interés de los créditos de consumo y ordinarios, comunicó que desde el próximo primero de abril y durante los 30 días siguientes, los bancos no le podrán cobrar más de 30,72% de interés en los créditos de consumo.
Este porcentaje significa una disminución de 30 puntos básicos con respecto al periodo anterior cuando estaba en 31,02%.
Hay que recordar que tanto el superintendente Jorge Castaño como el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas habían comentado que este año vendría disminuyendo el límite con el fin de aumentar el consumo de los hogares e impulsar el PIB de este año.
Además en el documento oficial se informó que el interés Bancario Corriente efectivo anual para crédito de consumo y ordinario se ubicó en 20,48% lo que representó una disminución de 20 puntos básicos. Igualmente el interés bancario corriente efectivo anual para microcréditos se ubicó en 36.85% con un aumento de siete puntos básicos.
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