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Borrador de decreto de pensiones
El Emisor aseguró que hasta que no se apruebe la reforma pensional que aun permanece en un limbo jurídico, se deberán regir por la normativa actual
El Banco de la República envió una carta al ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, en la que advirtió que no está contemplado en la ley trasladar a Colpensiones los recursos de ahorro individual de los cotizantes en las AFP que hicieron uso de la ventana de oportunidad.
Mediante una carta enviada al titular de la cartera el 11 de marzo y que se hizo pública recientemente, el Emisor advirtió que la ley establece que los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso de esta ventana seguirán siendo administrados por las AFP hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior.
"De esta manera, el traslado anticipado de los recursos a Colpensiones que contempla el proyecto de decreto no se encuentra autorizado por la ley y excedería, por lo tanto, las facultades reglamentarias del Gobierno", resaltó el Banco mediante la carta.
La entidad advirtió que, mientras la reforma pensional siga en un limbo jurídico y no entre a regir, el sistema debe seguir funcionando con la normativa actual.
Hace 15 días el Ministerio de Trabajo publicó un borrador para comentarios en el que solicita a las AFP trasladar al menos $25 billones de recursos que corresponden a los ahorros de los afiliados que hicieron uso de la ventana de oportunidad.
De acuerdo con Colpensiones, hasta el 31 de enero de este año, 119.619 personas han hecho uso de esta ventana que está disponible hasta julio. De ellas, al menos 22.472 ya están en edad de pensión, por lo que el fondo público debió destinar $15,3 billones para pagar las mesadas a estos jubilados.
Sin embargo, apenas se conoció este documento, los gremios alertaron de la inconstitucionalidad del mismo. El primero en elevar las alertas fue el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, quien advirtió que el decreto sería ilegal, pues el artículo -actualmente vigente- establece que estos recursos deben mantenerse como ahorro y trasladarse únicamente al momento de la pensión al fondo de ahorro administrado por el Banco de la República.
Pasados los 15 días, el decreto aún está habilitado para comentarios en la página del Sucop.
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