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El próximo 14 de febrero es la fecha máxima que tienen los empleadores para consignar las cesantías
Según reportó Asofondos, la terminación del contrato fue la principal razón por la que los trabajadores retiraron sus cesantías el año pasado
Se avecina el pago de las cesantías, y varias empresas ya están dedicadas a cumplir con esta obligación. El próximo 14 de febrero es la fecha máxima que tienen los empleadores para consignarlas, por eso es importante que entienda qué son y cómo calcularlas.
Se trata, como explica Porvenir, de un ahorro con el que cuentan los colombianos para afrontar momentos de desempleo. Esta plata se va acumulando conforme permanece empleado, y se puede retirar, por ejemplo, si le terminan el contrato laboral.
Sin embargo, existen otras razones de retiro. Como explicó Javier Almanza, director del Área Laboral del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, “esta prestación social se ha alejado un poco del origen que era financiar la subsistencia de la persona, y se han ido regulando otros propósitos como compra, mejora de vivienda y pago de créditos estudiantiles”.
Según reportó Asofondos, que agrupa a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, la terminación del contrato fue la principal razón por la que los trabajadores retiraron sus cesantías. Esta fue la causante del retiro de $3,27 billones, es decir, 36% del total que se sacó y tuvo un incremento de 12,6% versus el año anterior.
La cifra de ahorro total en cesantías tanto en los fondos privados como en el Fondo Nacional del Ahorro llegó a $22 billones el año pasado. Mejora o liberación de vivienda fue la segunda principal razón de retiro en los fondos privados, con $2,74 billones, mientras que para la adquisición de vivienda el monto fue de $2,16 billones.
Las empresas deben pagar un mes de salario por cada año que el trabajador esté vinculado con la empresa. Se toma como salario base el último devengado cuando este no haya tenido ninguna variación en los últimos tres meses. Si, por el contrario, es un salario que varía mes a mes, entonces equivale al promedio de lo que se haya devengado durante todo el año.
Para calcular el monto de esta prestación se debe utilizar esta fórmula: Salario mensual x (número de días laborados) / 360. Lo que quiere decir que si usted devenga $2 millones mensuales y trabajó por ejemplo 200 días, entonces le correspondería $1,11 millones
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