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INDUSTRIAS

Prorrogan a diciembre de 2022 los mecanismos para resolver procesos de insolvencia

martes, 16 de noviembre de 2021

La Supersociedades informó que se amplió la vigencia de los Decretos Ley 560 y 772 de 2020 y sus decretos reglamentarios

Vanessa Pérez Díaz

A propósito de la emergencia que desató la pandemia del covid-19, una de las medidas que tomó el Gobierno Nacional fue la de habilitar figuras legales que permitieran a las empresas, especialmente a las micro y pequeñas empresas, ganar tiempo para estructurar mejor su operación si presentaban dificultades financieras. Esto se logró mediante los Decretos Ley 560 y 772 de 2020 y sus decretos reglamentarios (Artículo 136), cuya vigencia se prorrogó hasta diciembre de 2022.

"Estas herramientas permiten contar con un régimen de insolvencia flexible para la reorganización ágil y efectiva de las empresas viables o su pronta liquidación en caso de no ser viables, para que recirculen los activos en la economía, generando una mayor dinámica económica y crecimiento", indicó la Superintendencia de Sociedades mediante un comunicado.

Entre el 1 de abril de 2020 y el 5 de agosto de 2021, la Supersociedades ha recibido 1.761 solicitudes de admisión en insolvencia, de las cuales 56% (999) corresponde a procesos creados con el Decreto Ley 772 de 2020 para pequeñas insolvencias, 26% (442) corresponde a los procesos de reorganización y liquidación ordinarios previstos en la Ley 1116 de 2006 y el 18% (320) restante a procesos NEAR (Negociación de Emergencia de un Acuerdo de Reorganización), trámite creado por el Decreto Ley 560 de 2020.

"En conclusión, 74% de los deudores en crisis, hacen uso de los mecanismos creados con los Decretos Legislativos", indicó el organismo.

La Supersociedades explicó que el proceso de reorganización abreviado tiene una duración aproximada de 5,5 meses y el proceso de liquidación simplificado de 6 meses.

"Se trata de una reducción sustancial, ya que el proceso ordinario de reorganización tiene una duración de 24 meses y el proceso ordinario de liquidación una duración promedio de 22 meses", destacaron en el comunicado.

Y explicaron: "La prórroga no resulta aplicable a las medidas de carácter tributario que fueron creadas transitoriamente con los Decretos Ley 560 y 772 de 2020. Los mecanismos de salvamento previstos en estas normas permitirán la supervivencia y recuperación de las empresas afectadas por la crisis y la reactivación económica.

Las normas que prorrogaron hasta diciembre de 2022 contemplan las siguientes medidas especiales en materia de insolvencia:

· Procesos Extrajudiciales de Reorganización para dar una solución pronta y efectiva de la crisis de la empresa: Negociación de Emergencia de un Acuerdo de Reorganización (NEAR) y Procedimiento de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio (PRES).

· Procesos de insolvencia especiales para micro y pequeñas empresas: reorganización abreviada y liquidación simplificada.

· Medidas de descongestión judicial.

· Mecanismos para facilitar la financiación, la aprobación de los acuerdos de reorganización y la protección de la empresa.

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