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A partir del 1° de abril de 2013, los usuarios de telefonía móvil en la modalidad de prepago podrán disfrutar de sus recargas móviles al menos durante 60 días calendario contados a partir de su activación. Los saldos que no se consuman podrán ser transferidos a una tarjeta y/o recarga que adquiera el usuario a través de mecanismos físicos, tecnológicos o electrónicos, en un plazo de al menos 30 días adicionales a partir del vencimiento de dicha vigencia, sin que ello implique costo alguno para el usuario.
Así lo establece la Resolución CRC 4040 de 2012 “Por la cual se modifican los artículos 69, 70, 72 y 73 de la Resolución CRC 3066 de 2011” (Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones).
En esta Resolución se obliga a los proveedores móviles y de acceso a internet a mejorar la información que se entrega a los usuarios como:
De acuerdo con la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo, Anato, esto representó un crecimiento de 12% en el tráfico de pasajeros nacionales
Este carro, en su versión híbrida en Colombia, vale casi $177 millones, fue diseñado en Martorell, España
La Resolución de esta medida para la entidad cumplió su plazo el 3 de abril y no hay pronunciamiento del decreto por parte del Gobierno Nacional hasta la fecha