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El Consejo de Estado determinó que la empresa Colombia Telecomunicaciones S.A. no puede conservar ni usar los bienes que pertenecían a Telecom, que se encuentra en liquidación, y que no eran destinados para el servicio de comunicaciones.
Tras la decisión, estos bienes tienen que ser devueltos a Telecom o a quienes representen sus intereses. La decisión del alto tribunal se da luego de una consulta elevada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, luego de que evaluara un informe de la Contraloría General en el que se advertía que había un “detrimento patrimonial” si la nueva entidad mantenía en su poder bienes no destinados a la prestación de ese servicio. La ponencia del magistrado William Zambrano Cetina, de la Sala de Consulta y Servicio Civil, dijo que los mencionados bienes no deben formar parte del contrato de explotación suscrito por las entidades liquidadas y la nueva operadora del servicios de telecomunicaciones. El Consejo de Estado determinó que el “contrato prevé el derecho de Telecom y las teleasociadas en liquidación a obtener la restitución de los bienes que no se destinan a la prestación del servicio". Por ello, el pronunciamiento del alto tribunal manifiesta que los bienes no pueden ser entregados de forma gratuita y sin ninguna contraprestación a la nueva empresa. Además, expresa que estos están destinados a cubrir el pago de las deudas y pasivos que dejaron las empresas liquidadas.
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