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La expedición del decreto 1786 establece un arancel de 35% para calzado y de 40% para confecciones según algunos umbrales.
De acuerdo con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para las importaciones de confecciones que ingresen por un valor igual o inferior a US$10 por kilo (umbral), aplicará el arancel de 40%. Cuando el precio declarado supera este umbral el arancel será del 15%, que es el arancel de Nación Más Favorecida (NMF).
Para el caso de las importaciones de calzado, se estableció un umbral entre US$6 y US$10 por par (dependiendo del tipo de calzado). Cuando dichos bienes ingresen con valores inferiores o iguales a los umbrales, se aplicará el arancel de 35%. Cuando el precio declarado supera esos límites, el arancel será el de Nación Más Favorecida (15%).
Este decreto complementa las medidas de control aduanero actualmente vigentes. Igualmente, se están expidiendo medidas en materia del reglamento de etiquetado y de descripciones mínimas.
Adicionalmente a este conjunto de medidas, dirigidas a controlar la subfacturación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dian, con el acompañamiento del sector privado, evalúan los umbrales para el control aduanero y las solicitudes de incluir otros sectores dentro de estos mecanismos, según la información emitida por esta cartera.
De acuerdo con el pronóstico, los cuatro días siguientes se registrarán lluvias en gran parte de los departamentos del país
El ministro TIC, Mauricio Lizcano, hizo el anuncio durante la asamblea anual de la Cámara de Comercio Colombo Americana