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ECONOMÍA

Se le agotan los recursos a la EEB para poder participar en la puja por Isagen

viernes, 27 de junio de 2014
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Paula Delgado

Demandar con un recurso de nulidad ante el Consejo de Estado es uno de los pocos recursos que le quedan a la Empresa de Energía de Bogotá (EEB) ahora que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó la tutela donde alegaba igualdad de condiciones para participar en la subasta de Isagen.

Sin embargo, según el exsuperintendente de Industria y Comercio, José Miguel de la Calle, resolver el caso por esta vía podría tomar hasta un año, además, hacerlo no garantiza que la EEB salga favorecida al final.

Durante ese tiempo la puja por Isagen continuaría en pie, de hecho, es posible que la situación de la empresa no se resuelva mientras el cronograma de la negociación de 57,61% de las acciones de la energética sigue su ritmo.

Debido a que al Gobierno no le conviene seguir aplazando la subasta, pues los recursos que recibiría por la venta son una prioridad para el desarrollo de obras de infraestructura, la EEB tendría que pedir medidas cautelares para que se suspendieran provisionalmente las condiciones establecidas por la SIC. Pero hasta ahora la junta directiva de la empresa no ha manifestado que contemple esa opción, pues sabe que ir al Alto Tribunal implica una defensa a largo plazo.

La salida que le queda entonces es desinvertir, tal como lo condicionó la SIC cuando encontró que para participar en la subasta la EEB debía eliminar varios de los derechos políticos que tenía en Emgesa y Codensa.

Pero esta es una medida que los voceros siempre han rechazado alegando que defenderán sus derechos y utilizarán todos los mecanismos de ley previstos para tal fin.

Según el Tribunal de Cundinamarca, “al no evidenciarse vulneración a los derechos al debido proceso, igualdad, libertad y libre iniciativa empresarial” se tomó la determinación de no darle la razón a la EEB.

La acción de tutela interpuesta por la empresa dirigida por Sandra Fonseca, pretendía no acatar la decisión que condiciona la participación de la firma al cumplimiento de unas medidas “encaminadas a proteger la competencia y evitar el aumento de precios de la energía en perjuicio de los hogares y empresas”, tal como lo advirtió la SIC el pasado 22 de mayo.

SIC: ¿autoridad o no?
El Tribunal aprovechó la decisión para recordar que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es la Autoridad Nacional de Protección de la Competencia en el país, de conformidad con la Ley 1340 de 2009, y que tiene a su cargo la adopción de decisiones administrativas (en investigaciones o integraciones empresariales) encaminadas proteger la competencia en todos los sectores de la economía. Esto a propósito de las voces que han cuestionado si este ente de vigilancia tiene las herramientas y la profundidad de análisis indicada para pronunciarse en el caso.

La opinión

José Miguel de la Calle
Exsuperintendente de Industria y Comercio

“La EEB puede intentar demandar con un recurso de nulidad ante el Consejo de Estado pero eso no garantiza que salga favorecida”.

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