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Prosperidad Social asumirá renta básica solidaria
HACIENDA

Prosperidad Social asumirá la renta básica solidaria en el marco de reforma pensional

jueves, 3 de julio de 2025

Prosperidad Social asumirá renta básica solidaria

Foto: Gráfico LR

DPS administrará e implementará el programa, definirá mecanismos de pago y entrega y asumirá tránsito desde Colombia Mayor

El presidente Gustavo Petro anunció que el Departamento de Prosperidad Social será quien asuma el pago de la renta básica solidaria en el marco de la implementación de la reforma pensional. La meta del gobierno es que, con este, se reduzca la pobreza monetaria extrema en Colombia en 2,5 puntos porcentuales en 2025 y 6,4 pps. el próximo año.

Carolina Hoyos, directora encargada del DPS comentó que se trata de un pago dirigido a personas mayores en situación de pobreza extrema o moderada y con alguna vulnerabilidad o discapacidad que no tienen ingresos. Se trata de una renta básica de $230.000 con hasta 12 pagos mensuales según el momento de la vinculación.

El DPS se encargará de administrar e implementar el programa, definir sus mecanismos de pago y entrega y del tránsito de Colombia Mayor hacia el nuevo esquema de Pilar Solidario.

“Con Colombia Mayor, la entidad entrega un subsidio de $80.000 a alrededor de 1,7 millones de adultos mayores que se encuentran en pobreza extrema; este Gobierno logró aumentarlo a $225.000 para los mayores de 80 años. Ahora, con el Pilar Solidario, en el marco de la Reforma Pensional, se entregará una renta básica solidaria mensual de $230.000 –un ingreso equivalente a la línea de pobreza extrema–, a más de 3,1 millones de personas mayores”, dijo la directora (e).

La entidad contará con un nuevo sistema de información diseñado para una gestión eficiente del programa. También contará con un sistema de seguimiento y evaluación anual, para optimizar los procesos, garantizar un uso eficiente de los recursos y responder eficazmente a las necesidades de la población beneficiaria.

Para ser beneficiario, los interesados deberán ser ciudadanos colombianos, tener una edad mínima para hombres de 65 años o de 55 años para hombres discapacitados y 60 años para mujeres y 50 para aquellas con discapacidad, así como una pérdida de capacidad laboral igual o superior a 50%.

Otras condiciones son no tener una pensión, integrar el grupo de pobreza extrema, moderada y vulnerabilidad y demostrar una residencia mínima en Colombia de 10 años previó a la implementación del programa.

Dejarán de recibir la transferencia los fallecidos, si se detecta fraude o falsedad en la información, se solicita el retiro voluntario o no se corrigen las causas de suspensión en un plazo de seis meses.

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