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Alocuciones deberán contar con formulario ante la CRC
TECNOLOGÍA

Presidencia ahora deberá diligenciar formulario con tema y propósito de alocuciones

lunes, 21 de abril de 2025

Alocuciones deberán contar con formulario ante la CRC

Foto: Presidencia

En el formulario se solicitará información como la duración estimada, motivo, fecha y hora estimada de las próximas alocuciones

La Comisión de Regulación de Comunicaciones informó que Presidencia deberá diligenciar un formulario con cinco preguntas sobre el motivo de las próximas intervenciones televisadas. Así mismo, resaltó las condiciones impuestas por el Consejo de Estado para proceder con una alocución.

"Este ajuste busca garantizar el cumplimiento de la sentencia y proteger los derechos de los televidentes, sin afectar el ejercicio legítimo de las facultades del Presidente de la República", señaló la CRC a través de un comunicado.

El Consejo de Estado fijó en la sentencia del 12 de noviembre de 2024 que para proceder con la alocución presidencial, esta debe ser de carácter personal, debe versar sobre asuntos urgentes de interés público, su contenido debe ser necesario para permitir la real y efectiva participación de la ciudadanía en la vida colectiva y se debe relacionar con el ejercicio de las funciones del Presidente.

En el comunicado se anexó el ejemplo del formulario que se deberá diligenciar de ahora en adelante. Son cinco preguntas (de respuesta sí o no) y también se solicitará información como la duración estimada, tema, hora y fecha de la alocución. Estas son las preguntas:

  • ¿El mensaje será de carácter personal de parte del Presidente de la República?
  • ¿El contenido del mensaje versa sobre asuntos urgentes de interés público?
  • ¿Es necesario informar este asunto a la ciudadanía para garantizar su real y efectiva participación en la vida colectiva?
  • ¿El mensaje se relaciona con el ejercicio de las funciones del Presidente de la República?
  • ¿La solicitud corresponde a una intervención en el marco de un Consejo de Ministros?

La alta corte señaló hace dos semanas que, si bien el presidente tiene la facultad legal para dirigirse a la ciudadanía por medio de alocuciones televisadas, no es una facultad absoluta y debe ceñirse a los límites fijados en la Constitución y en la Convención Americana de Derechos Humanos

La CRC aclaró que no se encargan de la aprobación o rechazo de dichas solicitudes. "Nuestra única función es informar a los canales cuando el presidente va a hacer una alocución", señaló la directora ejecutiva, Claudia Ximena Bustamante.

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