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El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino
La convocatoria se da tras la suspensión del Consejo de Estado. El Gobierno tiene plazo de ocho días para expedir nuevo decreto
El Ministerio del Trabajo, encabezado por Antonio Sanguino, oficializó la nueva Comisión Tripartita para la discusión del salario mínimo. Esto se hizo en razón de la suspensión del decreto de salario mínimo que hizo el Consejo de Estado como medida cautelar. De acuerdo con el jefe de la cartera, la comisión iniciará el próximo 16 de febrero a las 10:00 a.m. en las instalaciones del ministerio.
"Por instrucción del Presidente Gustavo Petro, he convocado este lunes 16 de febrero a las 10 am en el Ministerio de Trabajo, a la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales para discutir sobre el decreto transitorio de salario mínimo, que debe ser vital y móvil como lo establece el artículo 53 de la Constitución Nacional, ordenado por el auto del Consejo de Estado", dijo el ministro Sanguino en sus redes sociales.
De hecho, en el documento oficial en el que se convoca a la Comisión, se explica dicha convocatoria garantiza el respeto del marco institucional del diálogo social. "En cumplimiento a esta medida, y conforme en lo dispuesto al literal d) del artículo 2 de la Ley 278 de 1996, resulta procedente convocar a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, en tanto la providencia reconoce que la determinación del salario mínimo, se enmarca en el procedimiento legal previsto en la Ley 278 de 1996, el cual exige agotar la instancia de concertación tripartita", se lee en el documento.
Finalizan señalando que la convocatoria garantiza el respeto del marco institucional del diálogo social, "la participación de los actores del mundo del trabajo, y la observancia del procedimiento legal aplicable".
Comerciantes respaldan suspensión del decreto del mínimo
El sector de los comerciantes también reaccionó a la suspensión del decreto del salario mínimo. La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios, Fenalco, respaldó la decisión del Consejo de Estado de declarar la nulidad del decreto, al considerar que su expedición desconoció los parámetros constitucionales y legales que rigen este proceso, tal como lo mencionó el Gremio en la demanda presentada.
Fenalco considera que el alto tribunal ordenó al Gobierno Nacional expedir un nuevo decreto en un plazo máximo de ocho días, atendiendo los criterios establecidos en la ley, entre ellos la evaluación técnica de variables como la inflación, la productividad, la capacidad de pago de las empresas y el impacto sobre el empleo formal.
Para Jaime Alberto Cabal, presidente del gremio de los comerciantes, esta decisión constituye un llamado claro al respeto por el Estado de Derecho y por los mecanismos institucionales de concertación laboral. "La ilegalidad del decreto era evidente",dijo Cabal.
Y continuó expresando que "la fijación del salario mínimo no puede hacerse de manera unilateral ni desconociendo los criterios técnicos y constitucionales que buscan proteger tanto el ingreso de los trabajadores como la sostenibilidad del empleo formal y de las empresas".
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