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Se contempla que la Central de Inversiones (Cisa) se encargue de vender las participaciones minoritarias de la Nación que no superen 49%.
El ministerio de Hacienda publicó para comentarios el decreto en el que se establece que la enajenación de participaciones minoritarias de la Nación se realice a través del colector de activos Cisa.
En concreto, con este decreto se daría vía libre a lo que se introdujo en el artículo 44 del recién sancionado Plan Nacional de Desarrollo. En él , se contempló que las empresas en las que la Nación tiene una participación minoritaria que no supera 49% de la propiedad accionaria de la sociedad, la enajenación la hará el Cisa.
Actualmente, esta entidad que está adscrita al Ministerio de Hacienda tiene la potestad de vender los activos que no superan 10%.
En la actualidad, la la Nación tiene 66 participaciones minoritarias en las que no puede ejercer ningún tipo de control al ser un accionista más. En estas no estratégicas destacan, sobre todo, compañías regionales como terminales de transporte, sociedades portuarias o televisiones públicas, entre otras.
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