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ECONOMÍA

Las cooperativas piden marco tributario especial

martes, 22 de septiembre de 2015
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Lilian Mariño Espinosa

En un comunicado conjunto la Confederación de Cooperativas de Colombia (Confecoop), la Asociación de Cooperativas de Colombia (Ascoop), la Asociación Nacional de Fondos de Empleados (Analfe) y la Confederación de Mutualidades de Colombia (Conamutual), defendieron los intereses de sus afiliados señalando que había imprecisiones en la interpretación de lo que pagan entidades como las cooperativas y fondos de empleados.

Según explicaron, los “excedentes de las organizaciones de economía solidaria” no son iguales a las utilidades ni en su origen, ni en su carácter, ni en su destino como se sugirió en el documento de la comisión. Sino que “las cooperativas, fondos de empleados y mutuales generan sus excedentes del pago que sus asociados hacen por los servicios que reciben y que los beneficios no se reparten entre los asociados, sino que, como dice la ley, se aplican al cumplimiento de su objeto social, que es el bienestar estos mismos asociados en un fondo o reserva”; lo que los diferenciaría de las empresas.

Por lo que proponen que se mantenga un régimen tributario especial frente al impuesto de renta. Además, de que en la siguiente reforma tributaria se estudie un marco tributario específico.

No obstante, el exdirector de la Dian Horacio Ayala, explicó que este modelo, así esté beneficiando a determinadas personas, no es a la comunidad en general como lo hacen las fundaciones. Es decir, los socios son los mismos dueños de la entidad, por lo que harían de inversionistas en el caso de una empresa, y se benefician ellos mismo, no terceros.

Por lo que además, aclaró que es necesaria una mayor vigilancia para que las organizaciones que no estén realizando bien el trabajo sean excluidas, mientras que las que sí, que según estimaciones son cercanas a 10%, continúen sus aportes de la manera actual.

De igual forma coincide en señalar, Gustavo Cote, exdirector de la Dian, quien explicó que en la práctica muchas de estas cooperativas vienen desarrollando actividades comerciales y de prestación de servicios, de forma similar a las que no son cooperativas, y sí están gozando de beneficios que no tienen las demás empresas”.

Finalmente, para el economista Javier Hoyos, en su informe sobre reforma tributaria estructural a pesar de que si es necesario eliminar la casuística y el estatuto debe contener normas generales y evitar los tratamientos especiales o diferenciales, en cuanto a las fundaciones, es necesario es “limitarlas o restringirlas”.

Régimen para las fundaciones
Por otra parte, para los expertos es necesario tener mucho cuidado con las fundaciones, ya que muchas de estas sí brindan una labor social que el Estado no puede asumir frente a las personas necesitadas.

Por lo tanto, explican que la Dian u otra entidad del Gobierno debe fijarse criterios para mantener el tratamiento fiscal especial a aquellas que realmente están cumpliendo un fin social. “Se trata más de un tema de control que de eliminación del beneficio”, explicó el economista Javier Hoyos.

La opinión

Horacio Ayala
Exdirector de la Dian
“Yo creo que en este caso de las cooperativas, es una figura que sí se utiliza para generar unas ganancias, las cuales no se dedican a obras sociales sino a sus dueños”.

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