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Ajustes al impuesto al cigarrillo con la Ley de Rescate
COMERCIO

Gobierno subiría impuesto por cajetilla de cigarrillo a $7.823 en 2027 y $11.200 en 2028

jueves, 29 de octubre de 2026

Ajustes al impuesto al cigarrillo con la Ley de Rescate

Foto: MinHacienda

Los vapeadores pagarían $1.000 por mililitro en 2027 y $2.000 desde 2028, y el recaudo adicional se destinaría a financiar el aseguramiento en salud

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En medio de un creciente déficit fiscal, que amenaza con cerrar el año en 7,2% del PIB, el Gobierno incluyó dentro de la 'Ley de Rescate Económico' una serie de modificaciones al impuesto al consumo de productos como cigarrillos, tabacos y similares. Entre los cambios más importantes están un incremento de la tarifa a $7.823 por cajetilla en 2027 y a $11.200 desde 2028.

De acuerdo con el articulado, a ese componente específico se sumaría un ad valorem de 10% que se calcularía sobre el precio de venta al público sin IVA ni impuesto al consumo certificado por el Dane. A su vez, el mismo esquema aplicaría a tabacos, cigarros, cigarritos y productos de tabaco calentado. En el caso de la picadura, el rapé y el chimú, el cobro se mantendría en $891 por gramo y 10% de ad valorem se liquidaría sobre ese valor y no sobre el precio de venta.

Una de las principales novedades de la propuesta del Gobierno está en los vapeadores, que quedarían gravados de manera explícita junto con los demás sistemas electrónicos con o sin nicotina. Para estos productos el impuesto se cobraría por mililitro, con una tarifa de $1.000 en 2027 que se duplicaría a $2.000 desde 2028, a lo que se sumaría un ad valorem de 30%.

Ajustes al impuesto al cigarrillo con la Ley de Rescate
MinHacienda

Para dar ese paso, el proyecto redefine qué se entiende por tabaco elaborado e incluye dentro de esa categoría los productos de tabaco calentado. Del mismo modo, amplía la lista de derivados, sucedáneos e imitadores a los aerosoles y dispositivos con nicotina u otros químicos, los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina y los Sistemas Similares Sin Nicotina; así como a los aparatos que generan aerosol al calentar una solución líquida.

Después de los dos escalones, las tarifas dejarían de depender de nuevas reformas: a partir del 1 de enero de 2029 se actualizarían cada año con la variación del IPC certificada por el Dane más cuatro puntos porcentuales; al mismo tiempo que la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda tendría que certificar y publicar los nuevos valores antes de que arranque cada año.

En cuanto al destino de los recursos, la iniciativa establece que los ingresos adicionales que genere el aumento irían a financiar el aseguramiento en salud, sin que esto dé lugar a compensaciones ni transferencias con cargo al PGN. Para calcularlos, los departamentos y el Distrito Capital tomarían como base el recaudo mensual de 2026, que desde 2027 se actualizaría cada año con el IPC del año anterior más cuatro puntos y conservaría la destinación que tiene hoy.

Por otro lado, el texto mantiene como responsables del impuesto a productores e importadores y de forma solidaria a los distribuidores, tanto de cigarrillos como de vapeadores. También responderían directamente los transportadores y expendedores al detal que no puedan justificar la procedencia de los productos que mueven o venden.

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