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La cartera especificó que los recursos serán consignados en la cuenta del Banco de la República que la entidad financiera indique
El Viceministerio general de Hacienda y Crédito Público, bajo la dirección de Juan Alberto Londoño, dio a conocer la Resolución 1388 de 6 de julio de 2020, por medio de la que se ordena el pago y traslado, a través de las entidades financieras del aporte estatal del Programa Apoyo al Empleo Formal (Paef); programa que busca otorgar un aporte mensual equivalente 40% de un salario mínimo, es decir, aproximadamente $350.000 por cada trabajador.
En el documento, la cartera especifica que los recursos serán consignados en la cuenta del Banco de la República que la entidad financiera indique en la cuenta de cobro. Así mismo, cada entidad financiera deberá expedir una certificación, suscrita por su revisor fiscal, en la que acredite, una vez realizada la respectiva dispersión de recursos, el valor total abonado a los beneficiarios del programa.
En tanto que, cada certificación deberá ser enviada a los correos electrónicos que establezca el Manual Operativo del Paef, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional haya consignado el valor de la cuenta de cobro en la cuenta del Banco de la República que se haya indicado.
Los recursos que no puedan ser entregados a los beneficiarios deberán ser devueltos por cada entidad financiera a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
En el documento adjunto podrá revisar la Resolución en la que se encuentran especificados los recursos agrupados en la cuantía y entidad financiera correspondiente.
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