MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
La Sala Penal de la Corte Constitucional, dejó sin efecto el artículo 137 contenido en el decreto 019 de 2012, el cual establecía que las personas con discapacidad física o mental podían ser despedidos sin el consentimiento del Ministerio de Trabajo. En tal sentido, la sentencia del alto tribunal establece que las empresas que contraten con personas en situación de vulnerabilidad, deben tener la autorización del Ministerio de Trabajo para prescindir de sus servicios. "La norma demandada pone de manera indebida en situación de igualdad a los discapacitados y a las demás personas, con lo cual se afecta su derecho a una estabilidad laboral reforzada y se desconoce el deber del Estado de promover condiciones para que su acceso al mercado de trabajo sea real y efectivo", apuntó el fallo. Finalmente la Corte, descartó los argumentos presentados por la Procuraduría General, quien solicitaba declarar exequible el artículo
El ministro señaló que la emergencia económica es una medida excepcional para asegurar recursos destinados a obligaciones prioritarias del Estado
El jefe de Estado aseguró que un nuevo proyecto tributario ayudará a que la deuda del país siga disminuyendo
Gustavo Petro aseguró que encontraron 499 levantes, uno solo de ellos puede tener entre 200 y 400 contenedores que son utilizados vía contrabando