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La Corte Constitucional tumbó este miércoles el artículo (38 de la Ley 1450 de 2011), que eximía del pago de cuatro por mil a las operaciones factoring o compra de cartera de entidades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades, contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo.
Para el alto tribunal, dicha norma violaba el derecho a la igualdad, teniendo en cuenta que las entidades que son vigiladas por la Superfinanciera, sí están obligadas a pagar el cuatro por mil por operaciones factoring y de compra de cartera.
El ministro señaló que la emergencia económica es una medida excepcional para asegurar recursos destinados a obligaciones prioritarias del Estado
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