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José Andrés Romero, director de la Dian, realizó su primera presentación pública ayer en el Congreso Nacional de Exportadores. La república/Pierre Ancines
Grandes contribuyentes deben implementar facturación electrónica desde el 1 de diciembre
La Dirección de iImpuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció que está realizando mejoras a los procesos de implementación de facturación electrónica que desarrolla con el fin de optimizar el tránsito a procesos más simples y ágiles.
Estas mejoras se están llevando a cabo en la implementación de la factura electrónica en el país, tanto en su fase actual, como en la siguiente. De acuerdo con el director de la entidad José Andrés Romero, todos los grandes contribuyentes deberán estar facturando electrónicamente el 1 de diciembre de este año como parte de la fase actual. Sin embargo, las entidades de este grupo que tengan dificultades técnicas o comerciales justificadas tendrán un plazo máximo para normalizar su ingreso hasta el 1 de enero de 2019.
Por su parte, quienes no hagan parte de los mencionados deberán empezar a facturar electrónicamente en la segunda fase del proyecto y de forma progresiva a partir del 2019, lo cual se determinará dependiendo de su actividad económica por medio de un cronograma que establecerá la entidad.
En la fase que se adelanta, la factura electrónica es verificada por la Dian tras su generación, mientras que con las mejoras la validación será previa, en tiempo real y realizada exclusivamente por parte de la entidad, "con la posibilidad de validación posterior en caso de contingencia por dificultades tecnológicas atribuibles a la Dian", señaló la misma institución en un comunicado. “Esto, además de agilizar el proceso, significa ahorros en costos para las empresas, al no tener que acudir a un tercero para la labor de validación de facturas”, agregó Romero.
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De acuerdo con la empresa, los volúmenes se distribuirán bajo dos modalidades: en firme y con interrupciones
Este cronograma aplica para impuestos nacionales y contempla tanto obligaciones formales como sustanciales, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2229 de 2023