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ECONOMÍA

Decreto 138 incentiva la construcción de proyectos de vivienda de interés prioritario en Bogotá

lunes, 20 de abril de 2015
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Catalina Fernández

Dicha medida consiste en que el primer año después de adoptado este Decreto, se debe destinar en los proyectos 20% de suelo útil para la construcción de VIP, y a partir del  segundo año la destinación de suelo aumenta al 30% (excepto los predios de renovación urbana menores a 4 hectáreas útiles, en donde se mantiene el 20%). Esto con el fin de estimular la generación de nuevos proyectos en el corto plazo.

Esta nueva normativa incentiva la construcción y financiación de proyectos que incluyan Vivienda de Interés Prioritario para los hogares más vulnerables, en predios no urbanizados y de renovación urbana.

El Decreto 138 brinda alternativas para el cumplimiento de los porcentajes mínimos establecidos en la norma, incentivando que la VIP se localice en el centro ampliado, y permitiendo así que los hogares tengan mayor acceso y cercanía a sus lugares de trabajo, según la Vicepresidencia.

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